A muchos en Bogotá les llegará multa de más de $300.000 por pago que no tenían presente

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Los contribuyentes del régimen común bimestral del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) pueden paga hasta este viernes sin multas.

Los contribuyentes del régimen común bimestral del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) de Bogotá tienen hasta hoy, 19 de abril para declarar y pagar lo correspondiente a enero y febrero de 2024.

(Lea también: Director de Dian (‘Mr. Taxes’) puso ‘La casa de los famosos’ como ejemplo y se hizo viral)

La obligación aplica para quienes declararon y pagaron en 2023 un impuesto superior a $ 16.583.092 (391 UVT).

El siguiente pago, correspondiente al segundo bimestre (marzo y abril) se debe hacer hasta el 21 de junio. Las fechas posteriores se pueden consultar en el Calendario Tributario 2024 para programar sus pagos.

Las multas por extemporaneidad del ICA en Bogotá

En caso de no pagar el impuesto este viernes, recibirá una multa por extemporaneidad e intereses de mora, la penalización mínima para quienes incumplan con el pago del impuesto es de $ 329.455, lo equivalente a 7 UVT.

De igual forma, se aplicarán sanciones moratorias por cada día de incumplimiento.

¿Cómo se realiza el pago del ICA?

  1. En www.haciendabogota.gov.co, ingrese a la “Oficina Virtual y elija el botón “declara y paga” en la opción “Impuesto de Industria y Comercio”. Proporcione su usuario y contraseña y dé clic en “Conectar”.
  2. Tenga a mano el certificado de existencia y representación legal y los estados financieros o contables en los que aparezcan registrados los ingresos por las actividades económicas.

Complete la información solicitada.

  • En la sección “Mis impuestos”, elija la opción “Industria y Comercio” y luego “Declarar y pagar en tres pasos”. Se desplegarán las siguientes opciones:
  • Liquidar impuesto
  • Presentar declaración
  • Pagar impuesto

Destacado: Bogotá alerta a deudores de impuestos: podrían embargarles cuentas y bienes

Seleccione liquidar impuesto y el sistema lo remitirá al liquidador de Industria y Comercio. Luego, ingrese todos los datos solicitados por el sistema y haga clic en “Continuar”.

  • Registre los datos de la actividad económica y la base gravable e ingrese los valores para la liquidación.
  • Antes de firmar y presentar la declaración, verifique los datos de identificación y registre los del representante legal o contribuyente. Si tiene revisor fiscal, digite la información correspondiente. Luego, escoja la opción “Generar declaración para firma electrónica”.

Se desplegará una ventana emergente para aceptar la generación del PDF del ICA en Bogotá.

  • Una vez generado el PDF de la liquidación, ingrese nuevamente a la Oficina Virtual, dé clic en “Presentar declaración” y elija “Con firma electrónica”. Aparecerá la información de la declaración generada y seleccione el botón para firmarla.
  • Valide los datos que arroja el sistema para presentar la declaración y haga clic en “Aceptar “. Recuerde que la contraseña de la firma electrónica es la misma con la que ingresó a la Oficina Virtual como persona natural.

El sistema le mostrará un mensaje informándole que la declaración quedó presentada exitosamente.

(Vea también: 3 millones de personas que declaran renta tendrán un problema pronto; la Dian los busca)

  • Posteriormente, debe ingresar a la Oficina Virtual y seleccionar “Pagar impuesto”. Puede realizar el pago en línea, dando clic sobre el signo pesos, o imprimir el recibo y hacerlo de manera presencial en bancos.
  • Si ya tiene la declaración y no ha realizado el pago, puede obtener el recibo, ingresando por “Solo pago” desde el liquidador de Industria y Comercio.
  •  Para obtener el Recibo Oficial de Pago (ROP), revise que los datos de identificación estén correctos y registre los del representante legal o contribuyente.
    Si tiene revisor fiscal, ponga la información respectiva. El sistema emitirá un recibo oficial de pago con código de barras para presentar en bancos autorizados.
  • Finalmente, haga clic sobre el ícono con el signo pesos para realizar el pago por PSE.

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