Las pensiones en Colombia que serán libres de impuestos; miles gozarán de toda la mesada

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La reforma pensional entrará en vigencia desde el próximo mes de julio y esta es una de las modificaciones clave del nuevo sistema.

Con la modificación de las reglas para jubilarse en el país, el documento aclara cuáles son las pensiones en Colombia que no van a tener que pagar impuestos con la entrada en vigor del nuevo sistema.

(Lea también: Cambio clave para cotizar a pensión en Colombia para millones de trabajadores)

Los cambios aprobados por la reforma pensional empezarán a funcionar desde julio de este año, momento en el que se dictaminó a manos del Congreso debe cambiar el sistema de jubilaciones.

Puntualmente sobre las pensiones en Colombia que no deberán pagar impuestos, el documento explica que los recursos de los Pilares Básico Solidario, Semicontributivo y Contributivo, los recursos de los fondos para el pago de los bonos y cuotas partes de bonos pensionales y los recursos del fondo de solidaridad pensional, gozan de exención de toda clase de impuestos, tasas y contribuciones de cualquier origen, del orden nacional.

¿Qué más pasará con los impuestos para las pensiones en Colombia?

Así mismo, estarán exentos del impuesto sobre la renta y complementarios:

  • La Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones
  • Las cajas y fondos de previsión o seguridad social del sector público, mientras subsistan
  • Las sumas abonadas en las cuentas de ahorro individual del Componente Complementario de Ahorro Individual y sus respectivos rendimientos
  • Las sumas destinadas al pago de los seguros de invalidez y de sobrevivientes

Todas las pensiones en Colombia no pagarán impuesto sobre la renta, incluyendo las que perciban los residentes colombianos provenientes del exterior, al tiempo que solamente estarán gravadas en la parte que exceda las 1.000 uvt (cerca de $50 millones) mensuales.

(Vea también: “Colpensiones se está desmoronando”: grave alerta de Paloma Valencia por reforma pensional)

“Los aportes obligatorios que se efectúen al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez no harán parte de la base para aplicar la retención en la fuente por rentas de trabajo y serán considerados como un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional”, agrega la nueva ley.

Finalmente, los aportes a cargo del empleador para las pensiones en Colombia serán deducibles de su renta.

Al tiempo que “los ahorros pensionales nacionales o internacionales de los residentes colombianos al Pilar Contributivo y al Pilar de Ahorro Voluntario son exentos del impuesto al patrimonio”.

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