Gobernadores desafían a Petro: la batalla por los impuestos y la autonomía que sacude a Colombia

Economía
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El destino de los impuestos recaudados durante la emergencia económica divide a la Corte y a los gobernadores.

La emergencia económica declarada por el Gobierno de Gustavo Petro ha provocado un amplio debate en Colombia, involucrando temas jurídicos, fiscales y políticos de gran relevancia. La Corte Constitucional analiza actualmente la legalidad de los decretos expedidos durante este periodo excepcional, lo que genera incertidumbre sobre el destino de los fondos ya recaudados por concepto de nuevos impuestos, la legitimidad de las cargas tributarias impuestas y las consecuencias para aquellos gobernadores que se han resistido a su aplicación. Según un informe de El Diario, esta coyuntura ha desatado tensiones sin precedentes en el escenario institucional del país.

El conflicto se intensificó cuando gobernadores de regiones como Antioquia, Valle del Cauca, Nariño y Santander decidieron no aplicar el impuesto al valor agregado (IVA) del 19 % a los licores, invocando la “excepción de inconstitucionalidad”. Esta figura jurídica les permite no acatar una norma que consideran contraria a la Constitución. El Ejecutivo, por su parte, advirtió a quienes desacataron los decretos sobre posibles sanciones penales y disciplinarias. No obstante, expertos consultados por el diario consideran que tales advertencias carecen de solidez jurídica, restando fuerza a la presión institucional que buscaba ejercer el gobierno central sobre las autoridades locales.

Una de las preguntas centrales en la controversia es qué ocurrirá con los tributos pagados si la Corte Constitucional declara inexequible –es decir, inconstitucional– el decreto de emergencia. El exmagistrado José Gregorio Hernández recordó un antecedente histórico, ocurrido en 1992, cuando la Corte ordenó la devolución de impuestos al tumbar una reforma tributaria inequitativa. Sin embargo, Hernández calificó este caso como excepcional e instó a la cautela mientras no se produzca el fallo definitivo.

A esta opinión se sumó el constitucionalista Juan Manuel Charry, quien enfatizó que la devolución masiva de los recursos recaudados durante la emergencia sería prácticamente imposible de efectuar. Argumentó que los montos individuales serían muy bajos y que la logística administrativa volvería estos procesos prácticamente “utópicos”. En consecuencia, se prevé que cualquier decisión de la Corte tenga efectos hacia el futuro y no implique la reversión automática de las sumas ya recolectadas.

Desde el enfoque penal, Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, señaló que los gobernadores que aplicaron la excepción de inconstitucionalidad no incurren en prevaricato ni abuso de autoridad. Además, recordó que lo habitual en la Corte Constitucional es que sus fallos sean “hacia adelante”, por lo cual los fondos recaudados legalmente durante la vigencia del decreto usualmente no se devuelven, salvo situaciones extraordinarias.

No obstante, la discusión trascendió el plano legal. Hernando Herrera Mercado, presidente de la Corporación Excelencia en la Justicia, recordó que el Gobierno también utilizó recientemente la excepción de inconstitucionalidad, lo que pone en entredicho su legitimidad para criticar a los mandatarios locales. Herrera advirtió, además, sobre los riesgos para la democracia que implica eludir el debate en el Congreso mediante la figura de la emergencia económica, e insistió en la necesidad de examinar la formalidad de todo el proceso, incluyendo la validez de las firmas de los ministros.

Durante la elaboración del fallo, el magistrado Carlos Camargo avanza en la recolección de conceptos técnicos para sustentar la decisión. Mientras tanto, el país se mantiene a la espera de una determinación que no solo decidirá sobre el uso de los recursos recaudados, sino que también sentará un precedente crucial sobre los alcances del poder ejecutivo y la autonomía territorial. El fallo de la Corte Constitucional, por tanto, marcará la pauta del equilibrio fiscal e institucional en Colombia en los próximos años.

¿Qué es la excepción de inconstitucionalidad y por qué es usada por los gobernadores?
La excepción de inconstitucionalidad es un recurso jurídico contemplado en la legislación colombiana que permite a los funcionarios públicos abstenerse de aplicar una norma que consideren contraria a la Constitución. Se trata de una herramienta clave para proteger el orden constitucional y ha sido invocada en esta coyuntura por varios gobernadores que interpretan los decretos del Gobierno Nacional como inconstitucionales.

Este mecanismo, al ser utilizado por mandatarios regionales, busca salvaguardar la autonomía territorial y prevenir la aplicación de leyes que se perciben como arbitrarias o que puedan vulnerar derechos fundamentales. La controversia sobre su uso evidencia la profundidad del debate institucional en torno al equilibrio de poderes y la legitimidad de los procedimientos de excepción en Colombia.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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