Dian confirmó problema que tiene y que afectará a miles de colombianos que declaran
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Visitar sitioLa entidad hizo un importante llamado a los contribuyentes para que estén pendientes de las notificaciones que haga la entidad.
Mediante un comunicado oficial, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) declaró una contingencia por indisponibilidad en sus servicios electrónicos, lo que afecta a los ciudadanos que deben presentar sus declaraciones tributarias de forma virtual. Esta medida se toma como consecuencia de incidentes técnicos que han afectado el funcionamiento de los sistemas de información de la entidad.
Según lo informado por la Dian, la decisión obedece a las dificultades que, al momento, impiden a algunos contribuyentes con vencimientos próximos presentar sus declaraciones o cumplir con la entrega de información exógena tributaria. Del mismo modo, se ha reportado que varios usuarios aduaneros no han podido avanzar con sus trámites relacionados con operaciones de comercio exterior debido a estas fallas tecnológicas.
(Vea también: Dian le cayó a Ecopetrol por una plata que debe: corresponde a IVA de ventas claves)
La entidad precisó que esta contingencia aplica, en particular, a los contribuyentes cuyo Número de Identificación Tributaria (NIT) finaliza en 2 y que están obligados a presentar su declaración en las fechas establecidas. También abarca a quienes deban entregar información exógena tributaria desde el 13 de mayo de 2025, así como a los usuarios aduaneros que enfrenten dificultades para llevar a cabo sus gestiones ante la Dian.
¿Cuándo deberán hacer las declaraciones tributarias los ciudadanos?
Frente a este panorama, surge la pregunta sobre cuándo deberán cumplirse las obligaciones tributarias una vez superada la contingencia. En respuesta, la Dian indicó que los contribuyentes deberán presentar sus declaraciones el día hábil siguiente a aquel en que se notifique la normalización de los servicios. Esta disposición se extiende también a quienes estaban obligados a declarar o enviar información exógena tributaria el 12 de mayo de 2025 y no pudieron hacerlo por causa de la indisponibilidad de los sistemas.
En lo que respecta a los usuarios aduaneros, estos deberán acogerse a lo establecido en el artículo 2 de la Resolución 46 de 2019. Por consiguiente, deberán reportar el incidente a través de los canales institucionales de la entidad, anexando las pruebas que evidencien la imposibilidad de cumplir con los trámites a causa del error en el sistema.
La Dian reitera que la declaración de contingencia busca garantizar que los contribuyentes y usuarios aduaneros no se vean afectados por fallas técnicas ajenas a su responsabilidad. La entidad comunicará oportunamente, por medio de sus canales oficiales, cuando se restablezca el servicio, para que los obligados puedan cumplir con sus obligaciones fiscales sin incurrir en sanciones.
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