Dian entregó aviso en abril con alegría para morosos en Colombia: se salvan de embargos en 2026
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Visitar sitioLa entidad aclaró también que hay todavía un número importante de ciudadanos con cuentas pendientes, por lo que ofreció una fecha límite clave.
De acuerdo con la DIAN, varios morosos se salvaron de entrar en procesos de embargo o responsabilidad fiscal gracias a acuerdos de pago que llevaron a cabo con la entidad.
Lo anterior tras acogerse a los beneficios establecidos en el Decreto 0240 de 2026. Según la institución, un total de 126.230 contribuyentes en mora han normalizado su situación tributaria y se han puesto al día.
Registros de la DIAN dicen que estos cumplimientos generaron pagos por $ 1,4 billones, correspondientes a 215.897 obligaciones tributarias. No obstante, la entidad advierte que aún persiste un número significativo de 382.599 contribuyentes con obligaciones pendientes por un valor de $30,8 billones.
“La concentración de morosos se registra principalmente en Bogotá (142.107), Medellín (53.011), Cali (22.266) y Barranquilla (20.186). También se destacan ciudades como Bucaramanga (17.007), Cúcuta (14.385), Cartagena (12.602), Villavicencio (11.382), Santa Marta (9.456) y Valledupar (8.180). Es importante reiterar el llamado a quienes aún no han aprovechado esta oportunidad especial de pago, teniendo en cuenta que el plazo para acceder a los beneficios vence el jueves 30 de abril”, dijo la entidad.
Los alivios de la DIAN a los morosos
De acuerdo con el informe, entre los principales alivios para los contribuyentes con obligaciones pendientes a 31 de diciembre de 2025 se destacan la reducción de la tasa de interés de mora al 4,5 % y el pago de solo el 15 % del valor total de las sanciones, lo que representa una disminución del 85 %.
“Asimismo, quienes no han presentado sus declaraciones o requieren corregirlas, también pueden acceder a estas condiciones, pagando únicamente el 15 % de la sanción sin intereses de mora. Los contribuyentes interesados en acogerse a estos alivios tributarios tienen dos opciones: la primera, acercarse a las sedes más cercanas de la DIAN para recibir orientación; y la segunda, realizar el proceso de manera ágil a través de la página web www.dian.gov.co, donde es posible liquidar su obligación, diligenciar el recibo de pago (formulario 490) y efectuar el pago en línea mediante PSE o en las entidades bancarias autorizadas”.
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