Decreto 1474: ¡Hasta 85% de descuento en sanciones Dian para morosos si pagan antes del 31 de marzo!

Economía
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Aprovecha descuentos de hasta 85% en sanciones tributarias: conoce el plazo y condiciones del nuevo Decreto 1474.

El reciente Decreto 1474, emitido el 29 de diciembre de 2025, establece la declaratoria de emergencia económica en Colombia y otorga a los contribuyentes y usuarios que tengan moras pendientes una oportunidad significativa para regularizar su situación. De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), en su seccional de Armenia, y como lo informó su director Jorge Luis Almanza Lyons a La Crónica, el Decreto permite acceder a descuentos en sanciones de hasta un 85 %, siempre y cuando los interesados paguen antes del 31 de marzo de 2026. Este plazo representa, por ahora, la ventana de tiempo en la que estos alivios fiscales estarán disponibles, motivando a la ciudadanía a cumplir con sus obligaciones tributarias durante este periodo de gracia.

El director Almanza Lyons reconoció que la aprobación del Decreto ha generado debate, pero subrayó los efectos positivos para quienes ya presentan atrasos en sus obligaciones con la Dian. En declaraciones resaltadas por La Crónica, explicó que el alcance de los beneficios es amplio y está dirigido tanto a los contribuyentes que están en mora como a aquellos enfrentando procedimientos administrativos o incluso acciones judiciales contra la administración tributaria. En estos casos, Almanza Lyons invitó a los afectados a acercarse a la sede seccional ubicada en Armenia para recibir orientación adecuada y aclarar cualquier duda sobre la correcta aplicación del Decreto.

Para acceder a los alivios establecidos, es fundamental cumplir con el pago total de las obligaciones fiscales. Almanza Lyons explicó que esto es válido tanto para quienes no han iniciado ningún proceso con la Dian como para aquellos que cuentan con acuerdos de pago vigentes. La normativa permite recalcular el saldo pendiente, aplicando los alivios del Decreto a fin de que el contribuyente pague un monto menor que el estipulado originalmente en acuerdos anteriores, que usualmente contemplaban intereses y sanciones más elevados.

En cuanto a la vigencia de los beneficios, Almanza Lyons aclaró que el plazo es irrevocable hasta el momento, y que quienes no se acojan antes del 31 de marzo perderán la posibilidad de obtener los descuentos. No obstante, admitió que la fecha está sujeta a cambios si el Decreto entra en revisión, aunque no recomendó esperar ante la incertidumbre normativa.

Otro aspecto relevante abordado por el director es la persistencia de mitos y rumores sobre una eventual anulación del Decreto. Almanza Lyons fue enfático: actualmente la norma sigue vigente y, hasta que una autoridad competente decida lo contrario, quienes opten por acogerse a los beneficios verán reducidas sustancialmente sus sanciones.

Más allá de la reducción en sanciones para los morosos, el Decreto también incluye facilidades para corregir declaraciones y presentar obligaciones omitidas. Según Almanza Lyons, quienes decidan legalizar su situación fiscal mediante la corrección o presentación tardía de declaraciones también disfrutarán de un descuento del 85 % sobre las sanciones determinadas en dicho procedimiento, lo que ofrece una ventaja inclusive superior a la vinculación a procesos de cobro.

¿Qué sucede si el Decreto 1474 es modificado o derogado antes del 31 de marzo de 2026?

Esta pregunta surge ante la incertidumbre que algunos contribuyentes expresan sobre la estabilidad legal del Decreto 1474 y la duración de sus beneficios. La relevancia de este cuestionamiento radica en la decisión de muchas personas de postergar o adelantar sus pagos, dependiendo de si consideran que el marco normativo cambiará en el futuro inmediato.

Según lo expuesto por Jorge Luis Almanza Lyons y reportado por La Crónica, si una autoridad competente modifica o deroga la norma antes del 31 de marzo de 2026, podrían alterarse las condiciones para acceder a los alivios tributarios. Por ello, la Dian recomienda a los contribuyentes aprovechar la vigencia actual del Decreto mientras está en plena aplicación, disminuyendo así el riesgo de perder las ventajas fiscales que hoy están disponibles.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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