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Los conductores de motos y carros deben cumplir las leyes de tránsito para preservar su vida (y la de los peatones), además de no incurrir en infracciones.
Al día, las autoridades del país imponen cientos de comparendos a conductores que exceden los límites de velocidad en carreteras de todos los departamentos y, también, en las calles de las principales ciudades.
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Si bien la seguridad vial es una prioridad en las carreteras colombianas y las autoridades llevan a cabo campañas de tipo pedagógico, incumplir las normas puede acarrear multas por exceso de velocidad y otros comportamientos inapropiados en las vías colombianas.
Las multas por exceso de velocidad se dividen en tres categorías (A, B y C) según el Código Nacional de Tránsito y son las siguientes.
Eso sí, debe tener en cuenta que existen otras infracciones por categoría, que puede conocer visitando la página web del Ministerio de Transporte.
Según el Ministerio de Transporte, los límites de velocidad establecidos son los siguientes: 50 km/h en áreas urbanas, 30 km/h en zonas escolares y residenciales, 80 km/h en vías rurales, 90 km/h en carreteras nacionales y departamentales, y 120 km/h en vías de doble calzada sin pasos peatonales, comentó Portafolio.
La velocidad máxima permitida varía según el tipo de vía y otras consideraciones, como la infraestructura y el trazado, según informó el medio anteriormente citado.
Desde el primero de enero de 2024, el aumento del salario mínimo también ha impactado en las tarifas de tránsito, ahora vinculadas a las unidades de valor tributario (UVT).
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