¡Impacto en los bolsillos! Corte Constitucional ordena devolver impuestos cobrados en emergencia de Petro
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Visitar sitioLa Corte Constitucional anuló un decreto clave del gobierno Petro: ¿cómo y quiénes recibirán devoluciones?
En una decisión unánime, la Sala Plena de la Corte Constitucional dejó sin efecto el segundo decreto expedido por el gobierno de Gustavo Petro en diciembre de 2025, emitido en medio de una emergencia económica declarada en el país. Según los datos presentados por El Espectador, la Corte determinó que este decreto, el 1474 de 2025, debía ser anulado porque su base legal, el decreto madre 1390 que dio origen a la emergencia, ya había sido previamente revocado el pasado 9 de abril. Esta decisión implica que los recursos obtenidos a través de impuestos por medio de dicho decreto también deben ser restituidos a quienes los pagaron mientras estuvo vigente.
El caso tuvo como ponente principal al magistrado Juan Carlos Cortés, quien lideró la revisión del decreto 1474, encargado de implementar medidas tributarias para financiar los gastos del Presupuesto General de la Nación, en respuesta al estado de emergencia declarado previamente. Tras la decisión, la Corte ordenó que los impuestos directos modificados durante la vigencia del decreto no podrán ser objeto de declaración, liquidación ni cobro por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Además, se dispuso que aquellos pagos hechos por anticipado sean devueltos.
La Corte también estipuló que los impuestos indirectos abonados en ese periodo, como ciertos gravámenes pagados por los ciudadanos, deben ser reembolsados a quienes demuestren haber realizado el pago. Para ello, la DIAN debe aplicar los mecanismos legales existentes o establecer uno específico en un plazo máximo de treinta días después de la notificación de la sentencia. Al mismo tiempo, el tribunal decidió mantener intactas las situaciones jurídicas de quienes acreditaron haber cumplido los requisitos para acceder a beneficios tributarios contemplados en el decreto mientras este estuvo en vigor.
El proceso de devolución, sin embargo, no involucrará todos los recursos recaudados. De acuerdo con fuentes consultadas por El Espectador, aunque el recaudo total durante la emergencia económica ascendió a 1,6 billones de pesos colombianos, cerca de 1,5 billones provinieron de medidas de alivios tributarios. Es decir, fueron pagos efectuados por ciudadanos que se acogieron a beneficios especiales para sanear obligaciones pendientes, por lo cual dichos fondos no serán objeto de reembolso para no perjudicar a quienes se pusieron al día en sus deudas fiscales.
En cambio, sí deberán devolverse cuantías como el “impuesto de estabilidad fiscal”, equivalente al 1% sobre el valor de la primera exportación de carbón o hidrocarburos, cuyo recaudo alcanzó los 23.800 millones de pesos, y 1.200 millones correspondientes a un sobrecosto de catorce puntos adicionales de IVA en la importación de licores. La decisión de la Corte fue adoptada con ocho votos a favor y ninguno en contra; el magistrado Jorge Enrique Ibáñez se abstuvo al haber comprometido su imparcialidad, y algunos magistrados aclararon sus reservas frente a los argumentos jurídicos utilizados, aunque apoyaron la restitución de los recursos.
Esta resolución era previsible, ya que desde sesiones previas la mayoría de los magistrados habían considerado que el decreto de emergencia económica contrariaba la Constitución. A juicio del tribunal, la argumentación del Ejecutivo carecía de fundamentos suficientes para otorgarse facultades extraordinarias en la gestión de recursos, como los 11 billones de pesos previstos para suplir vacíos derivados de la ley de financiamiento que no prosperó en el Congreso. Consideraron, además, que los hechos presentados por el Gobierno, en su mayoría, no revestían el carácter de imprevistos y podían gestionarse mediante procedimientos ordinarios, sin necesidad de alterar el equilibrio entre las ramas del poder público.
¿Qué es la DIAN y cuál es su función en Colombia? La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es la entidad encargada de administrar y recaudar los impuestos y tributos nacionales en Colombia. Su papel es central para garantizar que las obligaciones fiscales sean cumplidas y que los recursos del Estado sean gestionados conforme a la ley. En este contexto, la DIAN será responsable de ejecutar las devoluciones de los recursos recaudados bajo el decreto anulado, asegurando que los mecanismos establecidos sean efectivos y transparentes, tal como lo ordena la Corte Constitucional.
El papel de entidades como la DIAN cobra especial relevancia cuando se presentan situaciones legales complejas que afectan las finanzas públicas y los derechos de los contribuyentes. El cumplimiento riguroso de las órdenes judiciales en materia tributaria es fundamental para mantener la confianza en las instituciones y garantizar el respeto al Estado de derecho, especialmente cuando se trata de decisiones derivadas de emergencias económicas que impactan a vastos sectores de la ciudadanía. ¿De qué manera la devolución de estos impuestos podría repercutir en la percepción pública sobre la administración tributaria y el sistema judicial colombiano?
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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