Pensionados en Colombia pueden subir su mesada (y mucho): así se hace y pocos lo saben

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La normativa vigente dice que los pensionados pueden pedir corregir su mesada en un lapso no mayor a los tres años de haber recibido el primer pago.

De acuerdo con la normativa vigente, los pensionados en Colombia pueden pedir corregir su mesada siempre y cuando se tengan en cuenta documentos y certificados laborales que corrijan los cálculos hechos por el respectivo fondo.

(Vea también: ¿Trabajadores deben pagar obligatoriamente la cuota para sindicatos? Ley es clara)

Un jubilado puede acercarse a su fondo respectivo para establecer una mesada más alta, en caso de que la administradora estableciera un pago bastante más bajo.

De esta manera, los pensionados en Colombia pueden pedir corregir su mesada cuando, basándose en soportes de aportes al sistema y tiempos no reconocidos por el fondo, queden debidamente habilitados y avalados por el sistema de aseguramiento social.

Esto tiene en cuenta también cuando el fondo no hizo los cálculos respectivos de, por ejemplo, aportes voluntarios en un fondo privado o pagos hechos por el trabajador en caso de que hubiese sido un aportante independiente.

pensionados en Colombia pueden pedir corregir su mesada

¿Qué documentos se necesitan?

Los pensionados en Colombia pueden pedir corregir su mesada presentando estos documentos:

1. Documentación de Identidad

2. Formularios Oficiales

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3. Soportes de la Historia Laboral

4. Documentación por Personas a Cargo (Incrementos Pensionales)

Si la solicitud busca reactivar o incluir incrementos por beneficiarios (dependencia económica):

5. Otros Documentos Especiales

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Aclara la normativa vigente que los pensionados en Colombia pueden pedir corregir su mesada en un lapso no mayor a los tres años de haber recibido el primer pago, después de ese tiempo se considerará la prescripción de la corrección.

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