Pago de cesantías tendría gran cambio: sería mensual y aclaran quiénes podrán acogerse

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2026-07-05 10:23:44

El Ministerio del Trabajo propone un modelo voluntario para consignar las cesantías cada mes, pero el pago tradicional no desaparecería si avanza el decreto.

La posibilidad de que las cesantías dejen de consignarse cada año comenzó a despertar inquietudes entre millones de trabajadores colombianos. Sin embargo, el nuevo proyecto del Gobierno explica que no pretende eliminar ese sistema, sino abrir una alternativa para que las empresas puedan hacer aportes mensuales anticipados a los fondos de cesantías, siempre que exista un acuerdo entre ambas partes.

La propuesta quedó plasmada en un borrador de decreto del Ministerio del Trabajo que permitiría cambiar la frecuencia de las consignaciones sin modificar la naturaleza de esta prestación social. Es decir, las cesantías seguirían siendo un ahorro destinado a proteger al trabajador en casos como desempleo, compra de vivienda o educación, y el dinero continuaría llegando al fondo escogido por cada empleado.

¿Cómo es el sistema de cesantías actual? 

Bajo las reglas actuales los empleadores deben consignar las cesantías acumuladas durante el año a más tardar el 14 de febrero del año siguiente. Además, los trabajadores reciben directamente los intereses de cesantías, equivalentes al 12 % anual sobre el valor causado, obligación que tampoco desaparecería con la nueva propuesta.

En caso de que empleador y trabajador opten por el nuevo esquema, la empresa podría consignar cada mes el equivalente al 8,33 % del salario base de liquidación al fondo de cesantías. Para quienes tienen ingresos variables, ese cálculo se haría con base en lo devengado durante cada periodo. No obstante, al finalizar el año seguirá existiendo una liquidación definitiva para comprobar que el valor aportado coincida con lo que corresponde por ley.

Qué pasará con los intereses de las cesantías

Otro aspecto a destacar es que los trabajadores no recibirían ese dinero junto con su salario mensual. Aunque las consignaciones serían más frecuentes, los recursos permanecerían en el fondo de cesantías y solo podrían retirarse bajo las condiciones previstas en la legislación vigente. Lo que sí podría cambiar es la forma de pagar los intereses, ya que empleador y trabajador tendrían la posibilidad de acordar un desembolso mensual equivalente al 1 % del salario base.

¿Así quedó el nuevo modelo?

Cabe mencionar que este modelo mensual todavía no entra en vigencia, ya que el documento continúa siendo un proyecto de decreto. Antes de aplicarse deberá expedirse oficialmente y, posteriormente, adaptarse la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), así como los sistemas de los fondos de cesantías. Mientras ese proceso avanza, las empresas y los trabajadores seguirán bajo las reglas actuales, incluido el plazo del 14 de febrero para la consignación anual de esta prestación social.

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