Dian ajusta el calendario tributario en julio tras creación de nuevo festivo nacional: estos son los nuevos plazos para declarar impuestos

Economía
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El reajuste de fechas impacta a empresas y ciudadanos, con plazos escalonados desde el 9 de julio.

Un reciente cambio en la agenda tributaria del país ha llamado la atención de miles de colombianos: la creación de un nuevo día festivo nacional, el 13 de julio, llevó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) a modificar los plazos previstos para el cumplimiento de obligaciones fiscales durante este mes. Como lo resalta la Dian, la legislación nacional define estrictamente que los trámites y pagos relacionados con impuestos deben realizarse en días hábiles. Por esa razón, la aparición del nuevo día no laborable obligó a reorganizar varias fechas claves del calendario tributario.

Esta modificación afecta especialmente a quienes deben declarar y pagar la segunda cuota del impuesto sobre la renta para personas jurídicas, así como la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA), incluyendo las modalidades bimestral y cuatrimestral. También involucra el vencimiento del Impuesto Nacional al Consumo y las retenciones en la fuente, aspectos cruciales para cientos de empresas y personas que administran recursos económicos en el país. Como consecuencia de los cambios, todos estos vencimientos han sido reprogramados para evitar que coincidan con el festivo recientemente instaurado, garantizando que ningún trámite quede limitado por el calendario.

Según la información oficial de la Dian, los nuevos plazos para cumplir con estas obligaciones fiscales se distribuyeron entre el 9 y el 24 de julio, de acuerdo con el último dígito del NIT (Número de Identificación Tributaria) del contribuyente. Por ejemplo, quienes tienen NIT terminado en 1 deben presentar sus declaraciones el 9 de julio; los de 2, el día 10; los de 3, el 14; y así sucesivamente, hasta concluir con los NIT terminados en 0, que tienen fecha límite el 24 de julio. Este esquema escalonado permite que cada contribuyente tenga claro el día específico en que debe cumplir sus compromisos ante la Dian.

Ante esta novedad, la entidad reiteró la importancia de revisar el calendario actualizado directamente en sus plataformas oficiales antes de realizar cualquier trámite. Así, los ciudadanos podrán evitar cargos adicionales por presentar sus declaraciones fuera de los plazos rediseñados. La Dian también hizo un llamado a aprovechar los servicios virtuales que ofrece, lo que facilita el proceso y reduce la posibilidad de trámites presenciales y filas extensas. Finalmente, se insistió en que es fundamental verificar con suficiente antelación la fecha correspondiente, evitando así contratiempos de última hora y asegurando el cumplimiento de las obligaciones tributarias sin afectar los derechos de los contribuyentes por el ajuste en el calendario laboral.

¿Cuáles son los nuevos plazos para declarar impuestos en julio por motivo del día festivo del 13?

De acuerdo con la Dian, los vencimientos se ajustaron y ahora tienen lugar entre el 9 y el 24 de julio, dependiendo del último dígito del NIT de cada contribuyente. Este cambio afecta la segunda cuota del impuesto sobre la renta, la declaración del IVA, el Impuesto Nacional al Consumo y las retenciones en la fuente, distribuyendo los plazos de manera escalonada según el calendario oficial.

¿Por qué la Dian modificó el calendario de vencimientos tributarios en julio?

La modificación responde a la inclusión de un nuevo día festivo nacional, el 13 de julio, que convirtió ese día en no laborable. Según las normas colombianas expuestas por la Dian, las obligaciones tributarias solo pueden cumplirse en días hábiles, lo que obligó a redistribuir los vencimientos para garantizar la legalidad y los derechos de los contribuyentes.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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