Hay novedad con billetes y monedas que circulan en Colombia: su cambio será "sin costo"
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Visitar sitioEl Banco de la República informó este lunes que todas las entidades financieras del país deben cambiar monedas y billetes de baja denominación a sus clientes.
El Banco de la República dio a conocer que, desde el 22 de marzo de 2025, los bancos en Colombia efectuarán el cambio y provisión de billetes de baja denominación y moneda metálica con sus clientes.
Lo anterior bajo los lineamientos definidos en la Resolución Externa 2 del 22 de marzo de 2024 del Banco de la República, “por la cual se expiden normas para la provisión y cambio de billetes y/o monedas metálicas por parte de los establecimientos de crédito”.
(Vea también: Estos son los billetes que ya no están recibiendo en supermercados colombianos: ¿por qué?).
Esta nueva reglamentación para los bancos en Colombia indica que el servicio sea gratuito y se preste en todas las ventanillas de atención al público.
“Los nuevos términos y condiciones para la prestación del servicio de cambio y provisión de efectivo serán divulgados por cada establecimiento de crédito”, añadió Banrep.
El Banco de la República emitió esta resolución para establecer nuevas normas para la provisión y cambio de billetes y monedas metálicas por parte de los establecimientos de crédito. Esta resolución busca mejorar la eficiencia y accesibilidad en el manejo de efectivo en el país.
Modificaciones sobre intercambio de billetes y monedas en Colombia
- El cambio y provisión de billetes y/o moneda metálica por parte de los EC en todas sus oficinas con ventanilla de atención al público se realizará mediante uno o varios de los siguientes canales: Oficinas y cajeros automáticos. Así como receptores de dinero en efectivo y demás dispositivos electrónicos que sirvan para realizar operaciones de cambio y/o provisión de billetes y/o moneda metálica.
- Reglas para el cambio y provisión: Los establecimientos de crédito podrán establecer montos máximos por operación.
- Cambio y provisión sin limitaciones en el monto: Adicionalmente, los EC harán el cambio y provisión de billetes y/o moneda metálica sin limitaciones en el monto por operación, de acuerdo con el nivel de presencialidad de cada EC en una ciudad o municipio, según lo estipulado en la Resolución.
Esta medida que deberán aplicar los bancos en Colombia, dijo el Banco de la República, “busca facilitar el acceso al efectivo y mejorar la calidad del servicio para los usuarios y clientes del sistema financiero colombiano”.
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