Así podrá pagar el impuesto vehicular en Antioquia con el 10 % de descuento
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Visitar sitioDesde la Gobernación de Antioquia compartieron el calendario tributario con las fechas límite para pagar el impuesto vehicular y cómo acceder al descuento.
La Gobernación de Antioquia indicó que hasta el 21 de abril se cumplirá el plazo para pagar el impuesto vehicular con un descuento del 10 %.
(Le puede interesar: Definen fechas de pago y cómo ganarse 10 % de descuento en impuesto vehicular, en Bogotá)
Por su parte, en este link podrá ingresar para hacer el pago del impuesto vehicular en Antioquia.
Así las cosas, los plazos y los descuentos son los siguientes:
- Todos los contribuyentes que declaren y cancelen el valor correspondiente al impuesto de su vehículo desde el 02 de enero y hasta el 21 de abril de 2023, inclusive, tendrán un descuento del 10 %, sobre el valor total del impuesto.
- Todos los contribuyentes que declaren y paguen el impuesto vehicular, entre el 22 de abril de 2023 y el 21 de julio de 2023, inclusive, no tienen descuento
- A partir del día 22 de julio de 2023, los contribuyentes que no hayan cancelado el impuesto vehicular, deberán pagar una sanción por extemporaneidad, más intereses de mora hasta la fecha de liquidación y pago del impuesto vehicular.
(Le puede interesar: La app que le ayuda a organizar el pago de impuestos en Colombia)
- Los propietarios de un vehículo 100 % eléctrico tendrán derecho a un descuento del 20% durante el mismo periodo.
- Los propietarios de un vehículo híbrido tendrán derecho al 15 % de descuento durante el mismo período. Estos plazos y descuentos incluyen las motocicletas de más de 125 C.C. de cilindraje.
Sanción por no pagar el impuesto vehicular en las fechas estipuladas
Los contribuyentes que no cumplan con el pago oportuno en las fechas estipuladas, deberán pagar una sanción por extemporaneidad (sanción mínima de $212.000) e intereses de mora de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza 41 de 2020 o la norma que la adicione o modifique.
Vehículos exentos del impuesto
- Todas las bicicletas y motocicletas con motor de hasta 125 C. C.
- Los tractores agrícolas, trilladoras y toda la maquinaria agrícola.
- Los tractores, cargadores, motoniveladoras y construcción de vías públicas.
- Todos los vehículos y maquinaria para uso industrial que no están destinados a transitar por las vías públicas.
- Todos los vehículos de línea de transporte de pasajeros y carga.
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