A estos pensionados en Colombia no les harán descuento de la mesada: hay dato clave
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Visitar sitioAlgunos pensionados en Colombia reciben su mesada completa, sin el descuento correspondiente a salud. Esto debe tener en cuenta.
A pesar de que la regla general es que todos los pensionados en el país deben pagar descuentos por salud, por aportes al sistema de seguridad social, hay algunos casos en los que hay excepciones.
Según la normativa local, estas personas deben seguir sin excepción la lista de requisitos para poder entablar el proceso y evitar descuentos a manos deben los respectivos fondos.
Los pensionados en Colombia deben asumir el pago por salud con base en el nivel de su mesada, los de más bajos ingresos, según la ley, deben asumir un 4 % del pago por salud.
Recuerda la norma que, en primer lugar, los pensionados colombianos que residen fuera del país no están obligados a cotizar a salud.
Está obligación solamente se hace efectiva para los residentes en Colombia, esto sobre el principio de territorialidad en salud.
Añade la entidad que si el pensionado deja a su núcleo familiar (beneficiarios) residiendo en Colombia, generalmente debería seguir cotizando a salud para garantizar la cobertura de estos.
Estos son los pensionados en Colombia a los que no les descuentan pago por salud
Además de estos jubilados, hay otros pensionados en Colombia que, dependiendo de su profesión durante los aportes que hizo, pueden tener un esquema de cobertura a salud distinto.
Estas personas mantienen su afiliación y cobertura a través de su régimen especial, y el manejo de los aportes incluso pueden ser asumido o girado a través de entidades como la Adres. Estos casos son:
- Fuerzas Militares
- Policía Nacional
- Magisterio (Fomag)
- Ecopetrol
- Universidades con régimen especial
(Recomendado: En estos tres casos una persona puede recibir doble pensión en Colombia)
La ley vigente deja en claro que, si los pensionados en Colombia hacen parte de uno de estos regímenes y se vincula laboralmente de nuevo, la cobertura de salud la mantiene el régimen de excepción y no puede tener doble cobertura.
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