Una de las características de la garantía de calidad, seguridad e idoneidad de los vehículos es que se trata de una obligación temporal y solidaria a cargo del importador o ensamblador del vehículo y del concesionario que se lo vende al consumidor.

Es una obligación solidaria frente al consumidor porque el propietario o usuario del vehículo puede exigirle su cumplimiento a uno de los dos o a ambos, según lo que convenga a sus intereses, porque a veces es mejor meterse con uno y no con los dos al tiempo, aunque si demanda a ambos es más fácil llegar a un acuerdo en conciliación para que le cambien el vehículo o le devuelvan el precio que pagó por él.

La garantía es una obligación temporal porque la obsoleta Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio dice cuál es el tiempo y el kilometraje mínimo de la garantía, y el importador o ensamblador (el productor) pueden indicar a su gusto el alcance de la garantía ¨ofrecida¨ a los compradores de sus productos, siempre que no sea inferior por tiempo y kilometraje a la garantía “legal”.

No todas la obligaciones derivadas dela garantía tienen la misma vigencia, ya que la obligación de entregarle oportunamente el vehículo al comprador y la de suministrarle material escrito para darle buen uso y mantenimiento se tienen que cumplir en la fecha ofrecida y al momento de entregarle el vehículo; la obligación de reparar sin costo los defectos del automotor es por el tiempo y el kilometraje que diga en el Certificado de Garantía, y la de suministrar repuestos y talleres apropiados (directamente o a través de terceros) es por diez (10) años contados a partir de la entrega del vehículo nuevo.

Pero hay una obligación que solamente termina cuando el vehículo se va al deshuesadero (o ¨la chiva¨, como le dicen en Estados Unidos, México y Venezuela), cual es la seguridad de los ocupantes y los terceros, que no deben sufrir daño por un defecto de fabricación del vehículo.

Conocidos son los casos de frenos que se bloquean o el tanque de combustible que se incendia si le pegan al carro por ese costado, o los carros inteligentes que no necesitan conductor y también se estrellan.

Esa obligación del productor (no del concesionario) de asegurar que el vehículo no tiene defectos que pongan en riesgo la salud o la seguridad de los ocupantes o de quienes andan por ahí no termina cuando expira la garantía, y para eso existen las campañas de seguridad que adelantan los fabricantes para corregir los defectos que detectan en ciertos lotes de la producción, las cuales están minuciosamente reglamentadas por la Superintendencia de Industria y Comercio porque está en juego la seguridad de los consumidores , y la responsabilidad del Estado.

Está claro que el tema de la seguridad no depende del tiempo y del kilometraje de la garantía ofrecida, y si no es reparable hay que cambiarle el semoviente al consumidor o devolverle el parné.

 

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