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Este artículo fue curado por Leonardo Olaya   Nov 29, 2023 - 10:46 am
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Por disposición de la reforma tributaria, y reglamentación del gobierno del presidente Petro, empieza a ejecutarse un nuevo impuesto para las plataformas digitales que en Colombia tengan una presencia significativa, dice el decreto emitido.

La disposición seguía algunas prácticas establecidas por la comunidad internacional, sobre la base de que las plataformas digitales de gran renombre y alcance, como lo son Netflix o Spotify, paguen más impuestos en los países en los que funcionan.

(Vea también: Se endurece competencia para paperos colombianos; quitan impuestos a papas importadas)

De esta manera, el gobierno del presidente Petro formalizó y reglamentó el nuevo impuesto para las plataformas digitales que en Colombia superen los 300.000 usuarios.

Puntualmente, este nuevo gravamen, aprobado en el año 2022, lo deben asumir aquellos que, no siendo residente, o por ser una entidad no domiciliada “mantenga una interacción o despliegue de mercadeo con trescientos mil (300.000) o clientes y/o usuarios ubicados. en territorio colombiano durante el año gravable anterior o el año gravable en curso”.

¿Qué plataformas en Colombia deben asumir el nuevo impuesto del gobierno Petro?

Entre las plataformas digitales que deben asumir este nuevo impuesto en Colombia se cuentan aquellas que hayan recibido ingresos por 31.300 UVT, que son cerca de $ 1.327 millones para 2023 y del orden de los $ 1.470 millones.

(Vea también: Nuevo golpe a bolsillos de colombianos en 2024: impuestos, multas y más suben de precio)

  • Servicios de publicidad online.
  • Servicios de contenido digitales.
  • Monetización de información.
  • Plataformas de intermediación.
  • Suscripciones digitales a medios audiovisuales.
  • Manejo de datos.
  • Motores de búsqueda.
  • Cualquier servicio prestado a través del mercado digital.

¿Cuánto se debe pagar por el nuevo impuesto a plataformas digitales en Colombia?

Dice la reglamentación emitida por el gobierno del presidente Gustavo Petro que las personas o empresas a las que les toque asumir el nuevo gravamen tienen dos opciones: o declarar renta en Colombia, o destinar un porcentaje de sus ingresos para pagar al Estado colombiano.

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Este último corresponde a que “la persona no residente o entidad no domiciliada en Colombia, a la que se refiere esta disposición, podrá optar por declarar y pagar en el formulario del impuesto sobre la renta, una tarifa del tres por ciento (3 %) sobre la totalidad de los ingresos brutos derivados de la venta de bienes y/o prestación de servicios digitales, desde el exterior, vendidos o prestados a usuarios ubicados en el territorio nacional”.

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