El valor llega por cuenta de que las empresas deberán liquidarles a sus empleados las cesantías y, por ende, los intereses, que serán pagados este mismo mes y llegarán como un valor adicional en la nómina.

Las empresas tienen plazo para pagar las cesantías entre el 31 de enero y el 14 de febrero. Aquellas que no cumplan con el requisito tendrán que pagarle al trabajador una sanción por mora de un día de salario (sueldo básico/30) por cada uno de atraso en el pago, explica Colombia.com.

Para poder calcular sus cesantías solo debe tener en cuenta:

  • Si usted lleva trabajando un año, sus cesantías serán iguales al salario que recibe mensualmente.
  • Si lleva menos de un año: Salario básico x días laborales / 360 (EJ: $1.500.000 x180 / 360 = $750.000

Los intereses equivalen al 12% anual, y deberán reflejarse en el pago de la nómina. Por lo tanto:

  • Si lleva más de un año, debe multiplicar las cesantías acumuladas (como se explicó anteriormente) por 0,12. (EJ: $750.000 x 0,12 = $ 90.000).
  • Si lleva menos de un año debe multiplicar las cesantías acumuladas por el número de días laborados por 0,12 y dividirlo por 360. (Ej: $750.000 x 180 x 0,12 / 360 = $ 45.000).

Hay que recordar que las cesantías funcionan como un ahorro en caso de que la persona quede sin empleo. Aunque tienen propósitos adicionales y pueden ser usadas para comprar, mejorar o construir vivienda, pago de matrícula o semestres académicos y el impuesto predial, apunta Finanzas Personales.

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