La advertencia la hizo el secretario de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo, a los transportadores de carga, en una rueda de prensa, y al tiempo les garantizó su derecho a la protesta pacífica.

“Los transportadores de carga cuentan todos los derechos y garantías por parte del Distrito para realizar su protesta; sin embargo, esta no debe afectar a los ciudadanos en un día laboral. No vamos a tolerar operaciones tortuga, bloqueos de vías, actos vandálicos o agresiones frente a otros usuarios de la vía.

Para evitar esas conductas, la entidad anunció las siguientes sanciones legales:

Perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial

  • El que por medio ilícito imposibilite la circulación de cualquier vehículo destinado al transporte público, incurrirá en prisión de 4 a 8 años y una multa de 13 a 75 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLV).

Obstrucción a vías públicas que afecten el orden público

  • El que por medios ilícitos incite, dirija, constriña o proporcione los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente las vías o la infraestructura de transporte de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de 24 a 48 meses, y multa de 13 a 75 SMLV e inhabilidad de funciones públicas por el mismo término de la pena.
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Plan tortuga

  • Transitar, cuando hubiere más de un carril, por el carril izquierdo de la vía a velocidad que entorpezca el tránsito de demás vehículos: 390.600 pesos.
  • Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente: 390.600 pesos y el vehículo será inmovilizado.
  • No acatar las señales o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito: 390.600 pesos.
  • No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de ‘Pare’ o un semáforo intermitente en rojo: 781.200 pesos.
  • Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados: 781.200 pesos.
  • Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas: 781.200 pesos.
  • No permitir el paso de los vehículos de emergencia: 781.200 pesos.

Perifonear o usar megáfonos en la vía pública

  • Cuando se detecte o advierta una infracción a las normas de emisión contaminantes o de generación de ruido: 781.200 pesos.
  • Utilizar radios, equipos de sonido o de amplificación a volúmenes que superen los decibeles máximos establecidos por las autoridades ambientales. También utilizar pantallas, proyectores de imagen o similares en la parte delantera de los vehículos, mientras esté en movimiento: 208.300 pesos.
  • Hacer uso de dispositivos propios de vehículos de emergencia, por parte de conductores de otro tipo de vehículos: 390.600 pesos.

Bloquear una calzada

  • Bloquear una calzada o intersección con un vehículo, salvo cuando el bloqueo obedezca a la ocurrencia de un accidente de tránsito: 90.600 pesos.

Abandonar su vehículo

  • Estacionar un vehículo en sitios prohibidos: 390.600 pesos.
  • Estacionar un vehículo sin tomar las debidas precauciones o sin colocar a la distancia señalada por este código las señales de peligro reglamentarias: 390.600 pesos.

Conducir en contravía

Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril: 781.200 pesos y la inmovilización del vehículo.