Son seis los agentes que deberán aprender cómo tratar a hombres y mujeres por igual cuando cumplan operativos oficiales. El fallo del alto tribunal responde a la tutela de Ximena Cáceres, una joven que denunció a los policías por acosarla en un retén.

Los hechos sucedieron en marzo pasado cuando la mujer conducía por la vía Guaymaral-Chía. Según denunció, la retuvieron durante más de una hora mientras la interrogaban por una correa hecha con cartuchos de balas sin pólvora que tenía en su vehículo. También le preguntaron sobre su vida, e incluso, la obligaron a dar su número de celular para invitarla a salir.

En Facebook, Cáceres contó: “Empiezan a hacerme preguntas personales […]. Luego uno de ellos dice ‘y tiene tatuajes’, […] en ese momento sacan una pequeña linterna me alumbran para que los muestre y me dicen que si me voy a dejar invitar a salir. Yo estaba sola, ellos tenían todos mis papeles y eran 6 hombres”.

Cáceres agregó en su relato: “Luego uno de ellos me dice ‘yo le doy sus papeles si sale conmigo’. Yo de verdad tenía mucho miedo. […] El policía me dio su celular para que anotara mi número, […] y me dice que si tengo WhatsApp para escribirme”, lo que efectivamente hizo el agente identificado como Juan Romero. La joven publicó una captura de pantalla de ese mensaje:

La mujer denunció lo ocurrido ante la Fiscalía pero el funcionario que la atendió “le dijo que no procedía, porque no le había pasado nada. Además, que no tenía los datos del acosador. Tampoco la dejaron comenzar un proceso por abuso de autoridad. […] Cuatro días después fue hasta la Policía para presentar una queja disciplinaria, pero tampoco pasó nada”, cuenta El Espectador.

El diario agrega que fue allí cuando decidió presentar una tutela contra la Nación, el Ministerio de Defensa y la Policía. Después de ser rechazada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, presentó el mismo recurso ante el Consejo de Estado.

Este tribunal concluyó que “los policías que participaron en la noche de los hechos sí incurrieron en un acto discriminatorio en contra de la accionante, pues no existe justificación constitucional para que, luego de verificado que sus documentos estaban en orden y que el accesorio decorado con balas no era más que un simple objeto ornamental, los agentes hayan creado un escenario de presión para que la tutelante se sintiera obligada a dar su número de celular a uno de los funcionarios, con el fin de tener una cita”.

Por eso, “los uniformados involucrados en el puesto de control que originó la vulneración a los derechos fundamentales” de la mujer deberán tomar el curso sobre perspectiva de género.

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Según ONU Mujeres, la perspectiva de género es “una estrategia destinada a que […] las mujeres y los hombres se beneficien por igual y se impida que se perpetúe la desigualdad. El objetivo final es lograr la igualdad […] entre los géneros”.

El fallo del Consejo de Estado también le ordenó a la Policía de Cundinamarca “iniciar una investigación disciplinaria exhaustiva y rigurosa de las conductas cometidas por los agentes de la Dependencia de Policía Chía, Cundinamarca, que en ejercicio de sus funciones, promueven la violencia estructural contra la mujer”.

Además, la Fiscalía en Chía deberá adoptar “los correctivos necesarios para evitar que sus funcionarios incurran en conductas discriminatorias o en prejuicios de género, y para que se abstenga de imponer barreras u obstáculos de género para esclarecer situaciones de violencia silenciosa contra la mujer, y para reciba las respectivas denuncias penales absteniéndose de imponer requisitos diferentes a los dispuestos en la ley”.

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