La pérdida de investidura fue introducida en la Constitución de 1991 con la intención de reestablecer la dignidad del congreso, desde que fue creada más de 50 parlamentarios han perdido su curul, publicó Noticias Uno.

La magistrada del Consejo de Estado Stella Conto está en oposición a que esta figura constitucional se transforme, además esta se concibió para que fuera ágil y una doble instancia le quitaría esa cualidad.

La Corte quiere introducir en este proceso elementos del juicio penal como la demostración de la cupabilidad.

Conto le dijo al noticiero:

La pérdida de investidura es una sanción a la investidura del congresista y no a la persona”.

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Del mismo modo, el proyecto de ley que acaba de presentar el Gobierno Nacional va en la misma línea, por lo tanto Conto explica:

El mandato que recibió la Constituyente sobre la pérdida de investidura no puede ser modificado por el constituyente derivado que es el Congreso de la República y menos como pretende ahora el gobierno nacional, por medio de una ley ordinaria”

Con la sentencia de la Corte ahora hay que probar que el congresista actuó con dolo o culpa. Por lo que el exconstituyente Álvaro Echeverri Uruburu comentó que esto obliga al ciudadano a buscar pruebas que no están a su alcance.

Ahora, la Corte deberá resolver la solicitud de nulidad presentada por Conto, concluyó Noticias Uno.

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