El recurso lo interpuso el sargento Camilo Cano Bedoya para que le fueran reconocidos los beneficios por las horas extras y días compensatorios desde 2008. Por esa razón, el Distrito deberá pagarle “50 horas extras diurnas laboradas mensualmente, los recargos nocturnos por las horas trabajadas entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m., así como el reajuste de los dominicales y festivos laborados, entre otros”, explicó El Espectador.

En ese sentido, la decisión podría aplicarse para todos los integrantes del Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá.

Inicialmente, Cano Bedoya le pidió a la entidad que considerara reconocerle “el trabajo extra, el desgaste físico, emocional y moral, así como la sobreexposición a múltiples riesgos”, según le explicó al diario. Pero después de que la entidad le negara la solicitud “al no encontrar un resultado a su favor luego de realizar la liquidación y recalcular la nómina”, el bombero, que integra el grupo de Búsqueda y Rescate Urbano, presentó su caso ante la justicia.

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El rescatista puntualizó en El Espectador: “Tenemos turnos de 24 horas de descanso por 24 de trabajo. Eso quiere decir que al mes estamos trabajando 360 horas aproximadamente, cuando debíamos trabajar 190 horas, de acuerdo con uno de los decretos distritales. Eso quiere decir que teníamos casi 170 horas de diferencia que no eran pagadas. Esa era la pelea”.

Con esas consideraciones, el Consejo de Estado falló a su favor y le exigió al Cuerpo de Bomberos hacer el ajuste de los pagos, incluyendo la reliquidación de las cesantías. “El pago se calculará con base en el número de horas de la jornada ordinaria mensual (190). La entidad pagará al demandante la diferencia que resulte tras hacer las cuentas”, indica la sentencia citada por el diario.

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