Alfredo Molano Jimeno y María Alejandra Medina denuncian en un texto de El Espectador que el artículo 37 del nuevo borrador de Ley de Tierras establece que haber acumulado baldíos antes de 1994 no es ilegal, y que tampoco lo es si lo adquiridos después de ese año no tenía en sus registros la prohibición explícita de ser acumulados (casi ninguno lo tiene porque los notarios no cumplieron con el deber de poner la prohibición en los registros). Es en la práctica es una amnistía.

El concepto de baldío es retomado en la Ley 160 de 1994, que también introduce “uno de los conceptos que rige el ordenamiento de la propiedad: la Unidad Agrícola Familiar (UAF), que es la extensión de tierra mínima que en Colombia se considera necesaria para que una familia campesina subsista y tenga una vida digna”, dice el artículo.

Esa misma Ley establecía que quienes podían recibir baldíos solo podían recibir una UAF. “Tener más de una UAF en terrenos de origen baldío es una acumulación indebida”.

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El Espectador también denuncia que en el nuevo borrador de Ley de Tierras se eliminó la obligación de pagar compensaciones, impuesta a quienes hubieran acumulado UAF indebidamente, acordado con las Farc.

En su momento, parlamentarios del Polo Democrático denunciaron que empresas como Riopaila, Cargill, Menuelita, Brigard & Urrutía o Poligrow lo habían hecho.

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