La Corte Constitucional, a través de una sentencia, le dice al Ministerio de Salud que tiene 30 días para “gestionar lo necesario para que todas las EPS e IPS del país emitan una carta” que les informe a los ciudadanos los derechos y los deberes relacionados con la eutanasia.

El fallo, además, le ordena al Ministerio que adopte “las medidas necesarias” para crear un mecanismo que le permita conocer “todos los casos de muerte digna desde el mismo momento en que el paciente lo solicite”.

La Corte también le da un plazo de cuatro meses a la Superintendencia Nacional de Salud para que implemente las “medidas necesarias para verificar” que todas las EPS e IPS tengan “la infraestructura y el personal idóneo para garantizar de manera efectiva” el derecho a morir dignamente.

El tribunal constitucional se pronunció sobre este tema al resolver el caso de una paciente con cáncer terminal que, después de sufrir insoportables dolores, pidió una eutanasia en el Hospital San Vicente de Arauca, el 3 de octubre de 2016.

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El centro médico respondió que no estaba en la obligación de hacer el procedimiento.

La joven falleció el pasado 8 de enero, y su familia interpuso una tutela por las trabas que le pusieron para que ella muriera de forma digna.

La Corte Constitucional, finalmente, le ordena a la Nueva EPS hacer un acto público para pedirle disculpas a la familia.

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