A través del consejero Carlos Enrique Moreno el alto tribunal señaló, según El Espectador, que la acción de nulidad debió interponerse en los 30 días siguientes a la designación de Martínez, ejecutada con el acuerdo 871 del 11 de julio de 2016.

De esta manera, el Consejo de Estado no revisará la demanda interpuesta por Dejusticia y la Comisión Colombiana de Juristas que buscaba la nulidad de la elección del fiscal general, recurso que considera que la Corte Suprema “basó su decisión en información incompleta e insuficiente”, como indica Dejusticia, al omitir información sobre las irregularidades que conocía sobre la corrupción de Odebrecht en la Ruta del Sol II.

Néstor Humberto Martínez

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No obstante los demandantes, con un mensaje publicado en la página de Dejusticia, aseguraron que respetan y acatan la decisión del alto tribunal, pero que de acuerdo con el artículo 276 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, “en el término de dos días presentaremos un recurso de súplica ante el resto de los magistrados de la Sección Quinta”.

Los juristas aseguran que mediante el recurso de súplica ahondarán en sus argumentos, según ellos, “para garantizar que las personas postuladas a cargos del Estado revelen información esencial para el ejercicio de dichos cargos”.