El alto tribunal considera que no se debe restringir que los consumidores accedan “a la información sobre las consecuencias positivas o negativas que pueda tener en su integridad física y mental”.

Este caso se remonta a septiembre de 2016, cuando la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en respuesta a una denuncia de Postobón S.A., le ordenó a la asociación Educar Consumidores dejar de difundir el comercial.

La SIC aseguró que las afirmaciones que se hacían en el comercial “no cuentan con soporte científico o médico” para demostrar que las bebidas azucaradas tienen efectos negativos para la salud.

Varias organizaciones, incluida la prestigiosa DeJusticia, presentaron una acción de tutela para que el comercial volviera al aire, con el argumento de la necesidad del derecho a la información “para que los consumidores podamos formar una opinión libre e informada sobre los productos que elegimos”.

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Finalmente, con el fallo conocido este viernes, la Corte Suprema de Justicia le está ordenando a la SIC que incluya a Educar Consumidores en los trámites para, así, controvertir las pruebas presentadas en el proceso.

Cabe recordar que la Organización Mundial para la Salud (OMS), en octubre del año pasado, instó al mundo entero a ponerles impuestos a las bebidas azucaradas pues dice que estas han influido en el “incremento global de personas que sufren desde obesidad hasta diabetes”.

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