Pero este 20 de diciembre, el CNE emitió un comunicado en el que confirma que se resolvió “denegar” la solicitud que había hecho el senador Gustavo Petro, que buscaba el reconocimiento de la personería jurídica al movimiento político Colombia Humana.

El tribunal explica que la decisión se tomó “al no cumplir con los requisitos sustanciales y objetivos establecidos en el artículo 108 de la Constitución Política y en el parágrafo del artículo 3 de la Ley Estatuaria 1475 de 2011, es decir, haber postulado candidatos para la elección a la Cámara de Representantes o al Senado de la República (requisito cualitativo) y, haber obtenido en tal elección, una votación no inferior al 3 % de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional (requisito cuantitativo)”.

Otro de los argumentos que expone el CNE es que no puede modificar los requisitos que están establecidos en la ley para otorgar tal reconocimiento, y cita varios artículos de la Constitución y de la Ley Estatutaria para sustentar el fallo.

Jorge Rojas, exsecretario de la alcaldía de Gustavo Petro y ahora precandidato para ocupar ese cargo, cuestionó el fallo del CNE y dijo que es una clara muestra de que “por todos los medios intentan sacar a la Colombia Humana del escenario electoral”.

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Así las cosas, la revista Semana explica que Petro seguirá como el único senador sin partido político que lo respalde, que la Colombia Humana no podrá contar con todos los beneficios que se le otorgan a quienes tienen personería jurídica y que queda en veremos la inscripción de candidatos propios para las elecciones regionales de 2019.