La jueza que determinó su libertad en julio de 2016 explicó que el hombre, Julio Alberto Reyes, había cumplido todos los requisitos para obtener la libertad condicional luego de purgar las tres quintas partes de una condena previa por homicidio.

Aya contradijo la versión del comandante de la Policía metropolitana de Bogotá, quien responsabilizó a la justicia por la liberación dadas sus perturbaciones mentales, señala Caracol Radio.

También afirmó que desconocía de las medidas cautelares que había interpuesto la víctima, Claudia Giovanna Rodríguez en contra del agresor.

La Policía en ningún momento informó sobre la situación judicial”,

dijo.

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Según la jueza, no es cierto que el hombre haya estado unos pocos meses en prisión, sino que purgó efectivamente 13 años, 11 meses y 13 días, de los 20 a los que había sido condenado.

El comandante Hoover Penilla mencionó en su entrevista que había salido en libertad por problemas mentales, eso es ilógico, porque si se tienen problemas mentales lo que se hace es proteger a la sociedad”,

dijo la jueza, en declaraciones que reproduce Blu Radio.

Explicó que mientras estuvo recluido, cumplió con trabajo, estudio y buen comportamiento, por lo que se ordenó su traslado a su residencia para que purgara el resto de la condena bajo la figura de la detención domiciliaria.

Posteriormente se le permitió la libertad condicional para que se sometiera a exámenes del corazón, agregó por su parte Blu Radio.

Por haber cumplido las tres quintas partes de su condena, por haber observado un comportamiento al interior del centro carcelario, siempre catalogado en grado de bueno y ejemplar, sin ningún tipo de sanción disciplinaria, ni falta al reglamento interno”,

agregó la jueza.

En esos 13 años y 11 meses que estuvo detenido observó tan buen comportamiento que estaba bajo condiciones de mediana seguridad e incluso obtuvo permisos de hasta 72 horas, agrega por su parte El Espectador.

 

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