El tribunal, presidido por el juez Elvis David Hernández, declaró por unanimidad que López Alonzo fue responsable del asesinato de 171 personas -de las 201 que le imputaba la Fiscalía inicialmente- y por ende le impuso 30 años por cada víctima (5.160), además de otros 30 por delitos de lesa humanidad, sin embargo cumplirá una condena de 50 años, la máxima legal en el país centroamericano.

Según el fallo, en el marco de la guerra interna (1960-1996), un comando integrado por 40 kaibiles (fuerza elite militar) llegó a Dos Erres en busca de 22 fusiles de asalto que les había robado la guerrilla unos meses atrás.

Entre el 4 y el 6 de diciembre de 1982, la comunidad fue custodiada por los kaibiles, que violaron a las mujeres y asesinaron a niños, hombres y ancianos, a quienes llevaron a un pozo en construcción para lanzarlos al fondo después de golpearlos en la cabeza con un mazo.

A unos días de que se cumpla el aniversario de esta masacre, el Tribunal leyó la sentencia por los delitos de asesinato y lesa humanidad, y aseguró que el militar actuó con “alevosía”, “premeditación”, “exceso de violencia” y “ensañamiento”.

El artículo continúa abajo

Santos López, quien cooperó con sus compañeros de unidad para exterminar esta aldea y formó parte de esa patrulla especial, fue enviado a juicio en abril de 2017, luego de que fuera deportado de Estados Unidos en agosto de 2016, debido a una orden de captura internacional en su contra que databa de 1999.

En agosto de 2011, el Tribunal Primero de Alto Riesgo condenó a 6.060 años de prisión a Manuel Pop, Reyes Collin Gualip y Daniel Martínez Hernández, exmiembros de la Escuela de Kaibiles por los delitos de asesinato y deberes contra la humanidad.

Mientras que el exteniente Carlos Carías fue sentenciado a 6.066 años de cárcel por esos dos delitos y el de hurto agravado.

La matanza de Dos Erres es una de las 669 que quedaron documentadas en el informe “Memorias del Silencio”, que elaboró la Comisión del Esclarecimiento Histórico (CEH) y que dio a conocer en 1999.