Todo se dio luego de que un usuario de la plataforma Rappi se cansara de pedir que borraran sus datos para evitar que le siguieran llegando correos promocionales que no le interesaban, detalló la SIC en un comunicado. 

Al parecer, el usuario no había autorizado a Rappi para que le mandara los recurrentes correos electrónicos, lo cual llevó a una posterior queja ante la Superintendencia.

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“La ley exige a los responsables del Tratamiento de Datos responder dentro de un plazo concreto y no los faculta para hacerlo discrecionalmente”, agregó la SIC en su misiva. 

La propia Superintendencia recordó que en 2019 ya se había multado a Rappi con 298 millones de pesos por violación en la política de tratamiento de datos. 

Hace una semana, la SIC había multado a Claro por una situación similar. La empresa de telefonía e internet estaría usando datos no aprobados por sus clientes para la publicidad de la misma. 

En ese caso, la SIC multó con 950 millones de pesos a la empresa por usar base de datos de portabilidad numérica con el fin de hacer campañas masivas de mercadeo. 

La decisión de la SIC, contenida en la Resolución 67646 de octubre de 2021, también ordena a Claro “abstenerse de continuar utilizando los números telefónicos contenidos en la Base de Portabilidad Numérica para realizar campañas de marketing o telemercadeo para la captación masiva de clientes de otros operadores de telefonía celular”. 

También le ordena eliminar de sus bases de datos “la información obtenida de la base de datos por portabilidad numérica para fines de ‘marketing’”, para lo cual la empresa de telefonía celular tiene un plazo de 90 días siguientes a la ejecutoria de esta resolución.