Según el ente regulador, las tres empresas más importantes de telefonía móvil en Colombia ataron la venta de celulares al plan de telefonía móvil, algo que no está permitido por la ley. Les ofrecían a sus usuarios cuotas gratis en la venta del equipo, con la condición de que suscribieran el plan de telefonía.

Las multas que deberán pagar las empresas son:

  • Claro: 4.832’390.095 pesos.
  • Tigo: 1.057’623.970 pesos.
  • Movistar: 3.331’446.560 pesos.

Según el comunicado de la SIC, se pudo demostrar que existía una relación entre el contrato de compraventa del celular con la prestación del servicio de telefonía por parte de las compañías mencionadas.

En ese sentido, agrega el documento, no se cumplió con la prohibición señalada en el Régimen Integral de Protección de Usuarios de Servicio de Comunicaciones expedido por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).

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“Desde la eliminación de la cláusula de permanencia mínima a mediados de 2014, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) estableció la obligación legal de respetar la independencia entre el contrato de venta de equipos (teléfonos celulares) y el de prestación de servicios de comunicaciones (planes)”, señala la SIC.

Además, aclaró que en el caso de Tigo, el ente regulador tuvo en cuenta para que la multa fuera más baja, que esa compañía dejó de hacer esta práctica en el momento de ser notificada la sanción en primera instancia.

“En el caso de Claro y Movistar, la conducta siguió ejecutándose hasta la actualidad cuando se profirió la decisión de segunda instancia”, agrega el documento.

La decisión es de segunda instancia y no procede ningún recurso, aclaró la SIC.

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