Esta última, especialmente, desató todas las dudas en el funcionario, que al ser interrogado sobre cómo operará el cobro sobre este servicio, no pudo responder con claridad.

“Ministro, hablando de otro servicio más problemático porque, si bien la plataforma no es ilegal, el servicio sí lo es. Si ustedes van a empezar a cobrar el IVA por el servicio que presta Uber, ¿entonces en qué quedamos?”, preguntó el periodista de RCN Radio Jorge Espinosa.

Frente a esto, Cárdenas respondió: “Esa pregunta es un poco técnica para mí. No tengo claro en este momento si ese servicio será gravado con IVA. Todos sabemos que el servicio de taxi no está gravado con IVA; no sé en el caso específico de esta plataforma cómo es la situación”.

“En el caso de Uber tendría que investigar un poco más si ese servicio en particular que presta Uber es un servicio gravado o no. Quedo pendiente con esa precisión”, agregó el Ministro, y dijo que le va a pedir a Santiago Rojas, director de la Dian, que precise un poco más cuáles son esos servicios que tienen IVA y que se están prestando desde plataformas en el exterior.

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Precisamente, Rojas habló sobre el tema este miércoles en Blu Radio, y enfatizó en que el transporte público no tiene IVA, está excluido, pero la comisión que se cobra por la intermediación sí debería tener IVA.

“Yo no voy a hablar de aplicaciones, nombres concretos, pero sí voy a hablar de los casos. Si se inventan una aplicación (como Uber) para cobrar una comisión para poder que otra persona preste el servicio público de transporte, sobre la comisión que se cobra se debería cobrar el IVA, y no sobre el transporte público”, dijo.

Según Rojas, el tema de Uber es muy particular porque hay una discusión en el país sobre la legalidad o ilegalidad de esta empresa.

“Lo que yo les digo es que el pago de impuestos no legaliza una actividad económica”, agregó el director de la Dian sobre el caso de esta plataforma.

“Dejando el tema de la legalidad o no de esta plataforma, lo que yo quiero decir es si esa plataforma, que es lo que indica, no presta el servicio público de transporte sino lo presta un tercero, el IVA es por la comisión que cobra esta plataforma”, enfatizó.

El funcionario aclaró que el IVA que se tendrá que pagar sobre esa comisión es del 19 %. Desde julio, cada plataforma debe decir que va a declarar el IVA e informará sobre lo que pagará.

“En este caso, el consumidor no se tiene que preocupar porque esa compañía le va a cobrar el IVA sobre la comisión”, agregó Rojas.

En caso de que la compañía no cobre el IVA, la Dian revisará quiénes pagaron y quiénes no. Los que no, la Dian les va a decir a los bancos que, cuando el usuario pague, les retenga de la tarjeta de crédito o débito la plata del IVA.

¿Qué pasa cuando el pago en Uber no es con tarjeta de crédito sino en efectivo?

Santiago Rojas explicó a Blu que una cosa es establecer la regla, y lo ideal sería que el contribuyente (la empresa) presente la declaración. Si no lo hace, viene la retención en la fuente.

“Viene un gran reto y acercarnos hacia la compañía, Uber tiene una representación en Colombia, y decirle qué está pasando y la compañía tendría que responder”, agregó.

Frente al pago del IVA en Colombia, Uber emitió un comunicado en el que señala:

Respecto a lo determinado en la última reforma tributaria que grava a las plataformas digitales con IVA, resaltamos la total disposición de Uber para cumplir con la regulación colombiana. Hemos adelantado procesos internos para prepararnos para dar cumplimiento a esta normativa y estamos a la espera de la reglamentación que la DIAN debe emitir para establecer el detalle del pago de los impuestos que correspondan, según lo estipulado en la ley”.