La declaración de nulidad en el proceso tiene como argumento que ya existe otra demanda similar en contra de Uber en Colombia, que fue interpuesta por el líder de los taxistas Hugo Ospina.

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El concepto jurídico con el que se argumenta la decisión es de ‘agotamiento de jurisdicción’. Según el diario El Tiempo, esto tiene relación con el recurso de nulidad que interpuso la multinacional el 27 de abril pasado.

“Actualmente se tramita otro medio de control de protección de derechos e intereses colectivos, el cual fue admitido mediante auto del 4 de noviembre del 2015”, señala la decisión del Alto Tribunal, en relación con el proceso que inició Ospina en el que aseguraba que Uber era usada como una aplicación para prestar el servicio de transporte público, pero que nó tenía autorización legal para tal fin, explica ese mismo diario.

De acuerdo con W Radio, la decisión la tomó el Tribunal de Cundinamarca en cabeza de la magistrada Elizabeth Lozzi. En las medidas cautelares que expuso en su momento el Ministerio de Transporte se aseguraba que “la aplicación explota un bien de uso público como lo es el espectro electromagnético”.

Además de la declaratoria de nulidad, la magistrada remitió el expediente de la demanda del Minstransporte para que sea integrado al recurso interpuesto por Ospina.

Tras conocerse la decisión del Tribunal este jueves, Saulo Passos, director de comunicaciones de Uber para América Latina, manifestó: “Nuevamente un alto Tribunal le da la razón a las nuevas tecnologías. La innovación es hoy, por lo cual hacemos un llamado al Gobierno Nacional para que juntos diseñemos una regulación que coexista con todos los esquemas de prestación de servicios de transporte”.

El Tiempo agrega que el proceso contra Uber continuará y ahora se espera de una medida en torno a un posible bloqueo.

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