A partir de ahora, las personas que trabajen entre las 9 de la noche y las 6 de la mañana podrán beneficiarse del pago de recargos nocturnos, y no tendrán que esperar a que sean las 10 de la noche, como se causaba antes.

La norma aprobada modifica los artículos 160 y 161 del Código Sustantivo del Trabajo y señala, explícitamente, que el trabajo diurno en Colombia regirá entre el periodo comprendido entre las 6 de la mañana y las 9 de la noche.

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“Las disposiciones contenidas en la presente Ley, relacionadas con el trabajo diurno y nocturno, tendrán el seguimiento realizado por el Ministerio del Trabajo, de acuerdo con la información suministrada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, relacionadas con las condiciones de empleo en el país”, agrega la norma.

Cabe recordar que la Ley aprobada tiene felices a miles de empleados en el país, pero preocupados a muchos empresarios. “Representa costos en lo salarial y prestacional y más adelante será manejado en el tema tarifario”, sostuvo Julieth Porras, gerente de una compañía de energía, citada por Noticias Caracol.

Cabe recordar que, según la legislación actual, una hora de recargo nocturno equivale al 35 % de la hora ordinaria actual. Es decir, si una persona se gana un salario mínimo ($ 737.717), una hora de recargo nocturno será equivalente a $ 1.076.

La norma comenzará a regir desde hoy (martes).

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