La mayoría de personas suelen montarse al carro y no revisar lo mínimo que, por ley, se debe llevar en el kit de carretera.
Por esta razón, cuando la Policía de Tránsito revisa si todo está en orden se encuentra con que el kit está incompleto.
El artículo 30 de la ley 769 de 2002 establece los elementos que, como mínimo, se deben tener en el equipo de carretera:
Un gato con capacidad para elevar el vehículo
Una cruceta
Dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical, o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello
Un botiquín de primeros auxilios
Un extintor
Dos tacos para bloquear el vehículo
Caja de herramienta básica que, como mínimo, deberá contener: Alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas
Llanta de repuesto
Linterna
El botiquín de primeros auxilios debe contener, como mínimo, los siguientes elementos:
Antisépticos vigentes
Un elemento de corte.
Algodón.
Gasa estéril.
Esparadrapo o vendas adhesivas.
Venda elástica.
Analgésicos.
Jabón.
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