Esta mañana mientras caminaba hacia la oficina sentí un fuerte ruido a la derecha cuando el conductor de una camioneta de lujo la frenó utilizando los flamantes rines contra el andén y no los frenos de costumbre. Eso me dolió como si fuera un rin de la camioneta.

Pensando en las normas que protegen al consumidor (en concreto la Ley 1480/11 y su Decreto  reglamentario 735/13), del incidente surgen varias inquietudes, entre otras, si el consumidor le puede reclamar al concesionario o a la marca porque el diseño del vehículo no le permite medir la distancia respecto al andén, o porque los rines no son de una calidad apropiada ya que no resisten una simple restregada contra el andén,  o (lo que es mejor) porque se distrajo al utilizar el equipo de diversión y comunicaciones del vehículo sin que un sensor le indicara que estaba peligrosamente cerca del  andén. Al fin de cuentas, como cualquier consumidor, él no es experto en la materia, y al fabricante le corresponde llenar el vacío.

Después de averiguar en el departamento de repuestos del concesionario cuánto cuestan los rines para su vehículo, podrá presentar una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) porque a su juicio están especulando con los repuestos y abusando de su posición dominante (como destruidores exclusivos de la marca), o presentar una demanda ante la misma Superintendencia para que se obligue al concesionario a vendérselos a un mejor precio, cumpliendo de esa manera su obligación de suministrarle repuestos durante 10 años, poniéndolos realmente al alcance de los usuarios de sus productos. Lo lujoso de la camioneta no significa que quien la tiene sea tan rico como presume, y a esos precios no hay quien los compre.

Para presentar ante la SIC la demanda contra el  concesionario y/o  la marca, en defensa de los derechos del consumidor, cumplirá el requisito de procedibilidad entregándole sendos reclamos directos y exponiéndoles su inconformidad por el diseño del vehículo, la calidad de los rines, el precio de los repuestos  y la falta de  idoneidad del sistema de comunicaciones del vehículo, haciéndoles ver que si no le dan una solución amistosa al inconveniente se quejará y los demandará ante la SIC, que seguramente les impondrá una multa por temeridad al no atender positivamente  su sentido reclamo

¡Ah¡, y también les dirá que se reserva el derecho de utilizar las redes sociales para contarle  a todo el mundo  los riesgos que corren si adquieren un vehículo de esa marca, que da tampoco respaldo a la hora de un incidente que no es culpa del conductor  sino del vehículo.

Un proceso en la SIC siempre es una guama, y es mejor arreglar por las buenas para no llegar a esas instancias, dándole un descuento al consumidor o cambiándole los rines por garantía

Como ven, serios motivos de reflexión tuve mientras llegue a  mi oficina.

LO ÚLTIMO