La sentencia atendió la demanda laboral presentada por Miguel Ángel Vargas contra la empresa textil Fabricato Tejicolor en la cual exige la pensión de sobreviviente desde el 9 de junio de 1978, después del fallecimiento de su esposa, junto con las mesadas dejadas de percibir con los respetivos intereses moratorios.

Según la ponencia del magistrado Rigoberto Echeverry, es discriminatorio que solo las mujeres accedan a este derecho.

En ese sentido, la Corte argumentó que “si la cónyuge y la compañera permanente del pensionado que fallece tiene derecho a la sustitución pensional en el marco de la ley 12 de 1975, no existe razón válida para negar ese mismo al viudo o cónyuge”.

El artículo continúa abajo

Según el alto tribunal, se “ampara el derecho del cónyuge del trabajador que fallece con derecho adquirido a la pensión y no solo del que cuenta con el tiempo de servicios necesario para ello, pero muere antes de cumplir la edad respectiva. Debe entenderse naturalmente comprensiva la persona de sexo masculino y femenino, por lo que no cabe duda de que al actor le asista el derecho de recibir la sustitución de la pensión que percibía su esposa”.

La sentencia fue apelada por los abogados de Fabricato, en un proceso que llegó ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, que confirmó la determinación de primera instancia.