(Al final de esta nota encontrará un sondeo para que participe sobre si la celebración del 20 de Julio debe tener una ceremonia religiosa o no)

Desde 1982, un decreto establece la celebración de una liturgia solemne en la Catedral, para iniciar la programación del festivo de la independencia de Colombia, a la que debe asistir el presidente de la República.

Pasaron más de 30 años para que la norma, actualmente vigente, fuera demandada ante el Consejo de Estado, que determinó su suspensión provisional mientras resuelve de fondo si la elimina o la mantiene, señala Caracol Radio.

De acuerdo con la demanda, esta celebración religiosa sería incompatible con la Constitución, que garantiza la libertad de cultos.

El decreto ordena que luego de la celebración del Tedeum, el presidente acude al desfile militar  posteriormente al Congreso, para la instalación del período ordinario de sesiones.

En la decisión de suspensión de la celebración, la sala primera del Consejo de Estado determinó que

se advierte de manera preliminar desconocimiento de los principios de Estado laico, pluralismo religioso, deber de neutralidad e igualdad de todas las confesiones ante la ley, sin que se vislumbre que el trato preferencial a la Iglesia Católica aparezca justificado en los criterios a que se han hecho alusión”.

LO ÚLTIMO