Ramírez, ponente de la decisión de ese órgano a favor del periodista, recordó en Blu Radio que Uribe tiene 48 horas desde el momento en que se le notificó para retractarse.

En esta emisora se aclaró que tras haber trinado sobre el tema, se considera notificado por “conducta concluyente”. Es decir que suple una notificación personal.

Ramírez declaró a la misma frecuencia que el procedimiento para este caso es:

  • Uribe debe retractarse de forma obligatoria, y no opcional, en el término establecido.
  • De manera simultánea puede realizar una impugnación ante la Corte Suprema de Justicia. (“Es decir: cumpla e impugne, o impugne y cumpla, pero el cumplimento dentro del término de las 48 horas”).
  • Si el senador no cumple la orden de tutela, la persona afectada, en este caso, Daniel Samper Ospina, hace una solicitud a la misma sala para que declare el desacato.
  • En un término de 10 días, la Corte resuelve si se declara ese desacato.
  • Si se da este caso, Uribe será llamado a una audiencia para que cumpla, o dé razones por qué no lo hizo dentro del término, porque no lo ha hecho después de ese tiempo o por qué no lo hará.
  • Además, debe presentar pruebas de lo expuesto ante la Corte.
  • Si ese desacato persiste, se puede proferir una orden de arresto contra él, hasta por seis meses o hasta que cumpla.

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El Magistrado agregó en Blu Radio que “no se le da una orden de repetir un texto que la sala del Tribunal escoja, sino que debe decirlo en sus palabras pero cumpliendo con […] una retractación firme y precisa. […] Inconfundible, o no sería una verdadera retractación”.

Entre tanto, en Caracol Radio Ramírez agregó que para acatar la orden “debe hacerlo […] en Twitter donde publicó ese trino que resultó contrario a los derechos fundamentales del periodista. Se puede colgar un comunicado, se puede hacer en uno o varios tweets, no importa pero debe ser por ese medio”.

Según el tribunal, los derechos que el periodista Daniel Samper pidió que se le protegieran son los del buen nombre, la honra y a la rectificación. Es decir que le conciernen a la Constitución. Dijo que “si se quieren reclamar perjuicios económicos o morales, habrá otras vías que no se han planteado y se plantean en un proceso diferente. Ya sea por proceso penal o proceso civil”.

En esta cadena radial, el Magistrado puntualizó que con este fallo “se hace un llamado a la cordura y la reflexión a todos los periodistas, a todas las personas y a todos los dirigentes políticos, especialmente”.

“Hacemos una reflexión desde la judicatura para que le bajemos el tono y no ofendamos sin necesidad. No estemos promoviendo odios, manejemos el lenguaje de manera responsable y reconozcamos que todos somos parte de una sola sociedad. Tenemos contrincantes pero respetémonos entre todos”.

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