Lo que llama la atención del pronunciamiento es la naturaleza poco espontánea de la declaración, al extremo que la hace exactamente igual en 2 videos en locaciones diferentes o ubicaciones distintas dentro de la misma locación, lo que permite deducir que está libreteada.

(Más adelante vea los 2 videos)

El Instituto de Medicina Legal comprobó las lesiones provocadas a la mujer y recomendó medidas de protección.

González, de 22 años, identificó a Rugeles como presunto agresor ante el Instituto el pasado 27 de diciembre.

El artículo continúa abajo

En la denuncia, la mujer dijo: “Mi pareja me agredió hoy a eso de la una de la mañana; estaba tomando, me rasguñó, me agarró de los brazos, me zarandeó, me botó a la cama, me arrastró por el piso, y me insultó. Él es muy celoso, y me agredió por eso. Ya me ha agredido antes. Lo conozco hace un año, vivimos juntos desde hace cuatro meses. Me tiene hackeado el teléfono y las redes sociales. Él toma trago y mete vicio seguidamente. Es agresivo verbalmente con otras personas. No me ha amenazado de muerte. Pienso que ya llegué al límite y que no aguanto más; quiero devolverme a mi ciudad y olvidar todo esto”.

En los mismos 2 videos, el periodista Rugeles asegura que el caso ha sido divulgado de “forma malintencionada y distorsionada con el objeto de causarle daño a mi carrera profesional”.

Como si se tratara de una estrategia para silenciarlo, Rugeles agrega que “absolutamente nada va a impedir que siga cumpliendo con mi deber… de informar, con el compromiso que tengo con mis lectores y con la audiencia”.

A pesar de que desde 2012 en Colombia las denuncias por violencia intrafamiliar no son desistibles (es decir, que la víctima no las puede retirar), lo más probable es que el caso llegue a juicio y la víctima no se presente, como ocurre en la gran mayoría de casos, por lo que –a pesar de que el Instituto de Medicina Legal comprobó el maltrato- el acusado será absuelto.

“(…) Es tal la desproporción entre las denuncias versus las condenas, que resulta un sinsentido evitar que la víctima desista del proceso si lo desea”, dijo El Espectador en junio de 2016. Y la situación no ha cambiado.

Pero una sentencia de la Corte Constitucional de 2017 “ordena a las autoridades que, aunque las víctimas de violencia intrafamiliar desistan de las denuncias y las medidas de protección, la Fiscalía debe continuar investigando el caso” porque… “no se tiene conocimiento sobre las motivaciones que llevan a desistir de la denuncia”.

La Fiscalía debe investigar si el desistimiento “tiene origen en la voluntad autónoma y libre de la ciudadana que fue víctima de agresión, o si por el contrario tal comportamiento ha tenido lugar por miedo irresistible a la víctima, constreñimiento, amenazas o violencia”, agrega El Tiempo.