“Tal vez en ese momento este tipo de expresiones no eran consideradas discriminatorias”, explica la ponencia del magisrtado Luis Guillermo Restrepo citada por El Espectador, pero 127 años después la connotación histórica ha cambiado.

Por esto, la Corte declaró inexequibles algunos artículos de la Ley “Por la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada”.

En esa época, apunta el diario, tal vez los indígenas “eran considerados inferiores y sus derechos desconocidos”.

En la actualidad, la expresión es considerada discriminatoria y en contra de la dignidad de los pueblos nativos. Además, el ordenamiento jurídico ha cambiado tanto como el lenguaje; para la muestra, el artículo 1 de dicha ley:

La legislación general de la República no regirá entre los salvajes que vayan reduciéndose á la vida civilizada por medio de Misiones. En consecuencia, el Gobierno, de acuerdo con la Autoridad eclesiástica, determinará la manera como esas incipientes sociedades deban ser gobernadas”.

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