En adelante, ninguna licencia urbana que sea expedida por las curadurías urbanas y Planeación Distrital, podrá ser ejecutada sin la aprobación de la CAR o la Secretaría Distrital de Ambiente.

Asimismo, estas entidades deben expresar que la ejecución de las licencias no afectará la reserva forestal de los cerros nororientales de Bogotá, explicó el saliente magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, César Palomino, en una entrevista para El Espectador.

Además, indicó el juez, este proceso estará vigilado por la Personería Distrital para que no se vulneren los derechos de la comunidad y “se respete la interpretación de la sentencia del Consejo de Estado que protegió los derechos adquiridos de quienes obtuvieron licencias antes de la anotación registral de la reserva en 2005”, expedida por el Ministerio de Ambiente.

“También intervendrá la Contraloría, para que evite futuros daños antijurídicos y demandas cuantiosas, ya que otorgar o no una licencia puede generar un detrimento patrimonial. Ese proceso de licenciamiento va a ser distinto al del resto de la ciudad”, señaló el magistrado Palomino que desde hace 11 años emprendió la defensa jurídica de los cerros orientales de Bogotá.

No obstante, la historia de esta larga pugna por preservar las fuentes hídricas, la flora y la fauna en la zona de adecuación definida por las autoridades ambientales, empezó con una acción popular (que es un medio legal para proteger los derechos e intereses colectivos) que terminó en un fallo de primera instancia, ratificado por el Consejo de Estado 8 años después, recordó Palomino al diario.

“Entonces, todas las licencias de urbanismo, de construcción y las construcciones que se levantaron en la franja de adecuación se respetarían. Pero el Consejo dijo también que no se reconocerían derechos adquiridos antes de la anotación si se demuestra que los propietarios conocían de la existencia de la reserva”, reseñó el magistrado que ocupará un puesto en el Consejo de Estado.

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