Las recomendaciones del alto tribunal cobran cada vez más vigencia dado el caudal de informaciones que inunda internet y que, como lo estimó esa Corte, pueden vulnerar derechos.

En este caso, se trató de los derechos fundamentales de petición, a la honra y al buen nombre de Storage and Parking, reclamados por el representante legal de esa firma, Jairo Alberto Ríos Sáenz, mediante una acción de tutela interpuesta en el Juzgado Cuarenta Civil del Circuito de Bogotá, dice la sentencia de la Corte.

Storage and Parking se sintió afectada por una noticia que difundió el informativo el 12 de mayo de 2016 a través de la señal de televisión abierta y puesta a disposición en la primera página (home) del sitio web de noticias RCN, durante el 12 de mayo de 2016.

Esa información daba cuenta de una denuncia ciudadana que involucraba al parqueadero Storage and Parking con el titular ‘¡Denuncia RCN!’ y el siguiente contenido: “Dueños de vehículos involucrados en procesos judiciales denuncian que en parqueaderos a donde llevan sus carros estarían haciendo un ‘cambiazo’ por otros de valor inferior. Uno de los afectados, por ejemplo, asegura que fue a reclamar su Mercedes Benz y le entregaron un Spark”.

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Contó el noticiero que “el primero de diciembre a una de las denunciantes le embargaron su vehículo y, aunque solucionó el caso, se llevó una sorpresa cuando fue a reclamarlo” porque le iban a entregar un Spark. Agregó la información que “empleados del parqueadero, al parecer, pusieron en venta su carro”.

Storage and Parking presentó acción de tutela para solicitar la protección de los derechos fundamentales de petición, a la honra y al buen nombre vulnerados por RCN Televisión al no rectificar la información emitida en el noticiero, pese a la solicitud escrita que para ese efecto presentó el 2 de junio.

El juzgado le negó la tutela a Storage and Parking y el caso llegó a la Corte, que estableció que dentro de un proceso se decretó la retención del Mercedes Benz de placas RMX-4003, por lo que el primero de diciembre de 2015 la Policía Metropolitana de Bogotá inmovilizó el vehículo y lo dejó en custodia en el parqueadero Storage and Parking.

La Sala de Revisión consideró que el problema jurídico que debía resolver en el este caso era este: “¿Vulnera un medio de comunicación (RCN Televisión SA) el derecho fundamental al buen nombre de una empresa (Storage and Parking SAS) al informar que ésta no cumplió las obligaciones que tenía a su cargo, teniendo en cuenta que la noticia emitida (i) se presentó a titulo presuntivo, (ii) se basó en testimonios y documentos aportados, pero (iii) no eran conclusivos?”

Para resolverlo, la Sala recordó la jurisprudencia y los estándares internacionales respecto de “(i) la responsabilidad de los medios de comunicación en materia de veracidad de la información, en el marco de la libertad de prensa y (ii) el alcance del juez constitucional frente al ejercicio de actividades a través de Internet y el control de los cibermedios”.

Con base en esas consideraciones profirió su sentencia T-725/16, en la que estableció que “el requisito de solicitar la rectificación de noticias que se encuentran alojadas en internet se cuenta desde el momento en que estás dejan de ser accesibles en la red, así se trate de una información inicialmente emitida en televisión”.

También señaló que se “vulneran los derechos de las personas, naturales o jurídicas, cuando un medio de comunicación mantiene en sus plataformas alojadas en Internet y a disposición de sus usuarios, informaciones o noticias de manera indefinida, sin actualizar los contenidos en los eventos en los que las circunstancias fácticas se aclaran y precisan con posterioridad al momento de emisión o publicación, así la información se haya presentado originalmente por un medio de comunicación en una única emisión”.

Así, resolvió revocar el fallo del Juzgado Cuarenta Civil del Circuito de Bogotá, que negó la acción de tutela interpuesta por Jairo Alberto Ríos Sáenz, representante legal de Storage and Parking contra RCN Televisión, y, en su lugar, concedió la tutela del derecho fundamental al buen nombre de la sociedad accionante.

También ordenó a RCN Televisión que, dentro de los diez siguientes a la notificación de su sentencia, realizara las “actividades de verificación de la información tendientes a actualizar la noticia” que estaba alojada en los servidores y disponible para consulta de los usuarios que se refiere a Storage and Parking.

La idea era que el canal informara lo que ocurrió desde el momento en que se emitió la información y, especialmente, lo acontecido con el vehículo Mercedes Benz. “La información deberá estar actualizada antes de dos meses contados desde la notificación de la presente sentencia”, estipuló la Corte.

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