El fallo de la Corte fue emitido al revisar una tutela impuesta por Magaly Cortés Bolaños, una madre que se encuentra recluida en la cárcel de El Pedregal, en Medellín. La mujer fue sentenciada a 27 meses de prisión por hurto calificado y agravado, delito por el que ya había sido condenada en el pasado.

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De acuerdo con El Espectador, Cortés estaba embarazada en la última ocasión en que fue capturada, por lo que le dieron casa por cárcel. Sin embargo, la mujer consumía drogas antes y después de dar a luz, por lo que puso en riesgo la salud del bebé, y una vez nació su hija no la registró, y tampoco cuidaba personalmente de ella.

Debido a esto la mujer perdió el beneficio de casa por cárcel y fue arrestada nuevamente cuando la niña tenía 3 meses de edad. Cortés decidió entonces interponer la acción de tutela para exigir que su hija fuera trasladada a la guardería de la cárcel, pues apelaba al derecho a la dignidad humana, la intimidad familiar y la igualdad.

El alto tribunal negó sus pretensiones, argumentando que la convivencia permanente con su madre no era lo mejor para la niña, que había recibido un tratamiento negligente por parte de Cortés. En el falló, también se ratificó que:

“Los derechos como madre no surgen simplemente de la nominación recibida como consecuencia de una concepción biológica, sino que nace a partir de garantizarle al hijo sus derechos básicos”, reza el fallo citado por Noticias Caracol.

Aunque lo ideal es que la familia no sea separada, en el caso de los derechos de los hijos sean vulnerados porque sus madres no garantizan el bienestar de los menores, los jueces podrían dictaminar que se evite el contacto con ellas.

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