Es necesario que en el país se replique la experiencia de Medellín, donde se logró que Ecopetrol atendiera la petición de la alcaldía y cambiara la fórmula de los combustibles que se comercializan en la capital de Antioquia y el Valle de Aburrá,  advirtió el ente de control.

Si no hay cambios inmediatos se seguirá poniendo en riesgo la calidad de vida de los ciudadanos y las condiciones del medio ambiente, lo que de paso deja a Colombia en un nivel de atraso frente a los estándares internacionales que actualmente se aplican, agregó la Procuraduría.

El ente de control exhortó a los ministerios de Transporte, Ambiente y Desarrollo Sostenible, Salud, Minas y Energía, Industria y Comercio, la Superintendencia de Puertos y Transporte, las corporaciones autónomas regionales y los alcaldes municipales, para que den estricto cumplimiento a las normas encaminadas a reducir las concentraciones de contaminantes que afectan la salud humana y la calidad del ambiente.

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El Ministerio Público señaló que el contaminante que más afecta la salud de los colombianos en las grandes ciudades es el material particulado (PM2.5) emitido principalmente por camiones, volquetas, motos 4T, buses, autos, motos 2T e industrias. Según el Observatorio Nacional de Salud en el país anualmente mueren alrededor de 11.000 personas por causa del material particulado presente en el aire.

La Procuraduría hizo un llamado al Ministerio de Transporte y a las autoridades locales a cumplir con su deber de exigir la reposición del parque automotor que haya cumplido su vida útil de 20 años y vigilar el trabajo que realizan los centros de diagnóstico.

Solicitó, además, a las autoridades de tránsito verificar que los vehículos que circulen cumplan con los requisitos técnicos correspondientes, teniendo en cuenta que según información de la Superintendencia de Puertos y Transporte 5.9 millones de vehículos en Colombia evaden su obligación de realizar la Revisión Técnico Mecánica (4,1 millones de motocicletas, 1.6 millones de particulares y 187.964 vehículos de servicio público).

Recordó que el Código Nacional de Tránsito en su artículo 122 facultó a las autoridades a sancionar a los conductores, propietarios, empresas transportistas, por la violación de las regulaciones, prohibiciones o restricciones sobre emisiones contaminantes, que pueden ir desde la amonestación,  multa, inmovilización del vehículo, hasta la cancelación definitiva de la licencia de conducción.