La Corte Constitucional tomó la determinación de rechazar la ponencia considerando que los miembros de la fuerza publica que hayan sido víctimas del conflicto armado no pueden ser reparados bajo la Ley de Víctimas porque los uniformados reciben reparación por parte de las instituciones castrenses, informaron hoy fuentes oficiales.

La determinación la adoptó la Corte al resolver una demanda sobre un aparte de la Ley de Víctimas aprobada en 2011 y por medio de la cual se dictaron medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno.

La Corte recordó en un comunicado que la Ley de Víctimas contempla que los miembros de la Fuerza Pública que tengan la calidad de víctimas tienen derecho a una reparación económica correspondiente “por todo concepto a la que tengan derecho de acuerdo con el régimen especial que les sea aplicable”.

EFE

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