Estas serán las sanciones para quienes con su conducta afecten las necesidades de higiene, vestuario, alimentación y salud de adultos mayores de 60 años, tal como define a los ancianos la Ley 1850 del 19 de julio de 2017, que fue sancionada por el presidente Juan Manuel Santos.

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“Así mismo, dispone que el abandono de una persona mayor por parte de una institución a la cual corresponde su cuidado por haberlo asumido, será causal para que a dicha institución se le cancelen los permisos de funcionamiento. Además de que esto le acarreará a la institución una multa de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, dice el comunicado de prensa de la Presidencia.

Las Ley también establece castigos para el maltrato físico o sicológico.

“En cuanto al maltrato de los adultos mayores mediante restricción a la libertad física, la Ley penaliza y establece multas contra quien restrinja la libertad de locomoción a una persona mayor de edad perteneciente a su grupo familiar o puesta bajo su cuidado”, dice el comunicado de la Presidencia.

De acuerdo con cifras de la Universidad de la Sabana, en Colombia cada año son abandonados 400, más de 4 millones (74%) no tiene pensión, y el 40% sufre depresión.

“Se calcula que para el 2020 “por cada dos adultos mayores habrá un adolescente”, explica la investigación realizada por la Facultad de Medicina de esa universidad y la Asociación Colombiana de Gerontología y Geriatría. De esta manera Colombia avanza hacia el envejecimiento, pues además el nivel de fecundidad –capacidad reproductiva de la población–ha disminuido en más del 50% en el último medio siglo”, dijo la revista Dinero al reseñar la investigación de la Universidad de la Sabana.

 

 

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