Cada una de esas pirámides corresponde a los actores más importantes del conflicto: la guerrilla, las Fuerzas Armadas y los terceros (que determinaron o financiaron la guerra).

Las tres tienen una estructura similar. En la parte superior están los delitos más graves, que no son admistiables, que no tienen perdón: de lesa humanidad, crímenes de guerra, genocidio, violencia sexual, retención indebida y sustracción de menores, explicó De la Calle en Noticias Caracol.

La pirámide de las Farc

En la parte central están los delitos que serán objeto de amnistía, en determinadas condiciones. Para los delitos que se ubican en esa parte se considera la amnistía, porque el Protocolo II de Ginebra, que es obligatorio para Colombia, establece que al final de la confrontación, del conflicto, de las hostilidades, se concederá la amnistía más ampliamente posible.

Eso quiere decir que los delitos de la parte superior de la pirámide (los más graves) no se amnistían, mientras que los de la parte central se tratan como delitos políticos y unos conexos que fueron utilizados para la rebelión (numeral 40 del acuerdo).

Sobre el caso del narcotráfico, lo que dice el proyecto de ley de amnistía es que hay unos criterios incluyentes y otros excluyentes, es decir que los hacen verdaderamente conexos con la rebelión.

Entre los incluyentes está la financiación de la rebelión. Por ejemplo, si una persona cobró el ‘impuesto de gramaje’ para la rebelión, puede ser conexo.

Entre los excluyentes están los delitos comunes. Por ejemplo, si una persona cobró el ‘impuesto de gramaje’ pero para comprarse cadenas, relojes o carros. En ese caso, es un delito común y no puede ser amnistiado.

“Es muy parecido a lo que se hizo con las autodefensas en el gobierno anterior (Uribe), en donde se dijo que si la actividad del narcotráfico era para el fin de a autodefensa, se le da el tratamiento de Justicia y Paz; si es para fines personales, no”, explicó De la Calle. Por eso, insistió que decir que el narcotráfico fue calificado como delito político no es cierto.

En la base de la pirámide de las Farc están los delitos menores, que no tendrán nada que ver con esta jurisdicción. “Salen de este paseo” porque no son del conflicto, como “el señor que se robó una gallina”.

La pirámide de las Fuerzas Armadas

Hay una estructura equitativa en un tratamiento integral que se ensambla armónicamente. Los delitos más graves son los mismos señalados en la parte superior de la pirámide de las Farc (numeral 40 del acuerdo).

“Para esos delitos el señor (militar o policía) tiene que hacer lo mismo que deben hacer los integrantes de las Farc: reconoce y tiene sanciones alternativas iguales a las de las Farc. O no reconoce y tiene 20 años de cárcel”, explica De la Calle.

A los delitos de la parte central de esta pirámide no se les da amnistía, porque los militares no cometen delitos políticos, sino la figura de Renuncia a la Acción Penal, con lo cual el tratamiento es “absolutamente equitativo”.

En la base de la pirámide de las Fuerzas Armadas están los delitos de disciplina (como cobardía) que no tienen nada que ver con esta justicia.

La pirámide de terceros

En esta se ubican, por ejemplo, quienes financiaron el conflicto. El que sea agente determinante de los delitos graves que están en la parte superior de las tres pirámides hace lo mismo que guerrilleros y militares: va al tribunal, confiesa, repara, etc.

El que fue un financiador pasivo (no agente determinante ni habitual, sino que dio una plata) se sitúa en la parte central de la pirámide y también tiene la misma Renuncia a la Acción Penal.

En la base de la pirámide están los delitos cometidos por coacción. “Ese es una víctima; no un victimario. Este señor ni siquiera tiene que explicar nada. Ese no tiene responsabilidad penal”, agrega De la Calle.

“Todo este panorama es absolutamente equilibrado y está dentro de los estándares internacionales. El resultado de esto es: todos los actores del conflicto concurren a la jurisdicción y cerramos el conflicto”, dice.

Justicia para las víctimas

Los delitos más graves situados en la parte superior de las tres pirámides implican que el que se quiera someter va a la justicia especial y cuenta la verdad plena de todo lo que pasó, mira a su víctima, la repera, reconoce su responsabilidad, y recibe una pena alternativa, o sanciones restrictivas que van de 5 a 8 años, relacionadas con actividades reparadoras con las víctimas, como el desminado, la reconstrucción de instalaciones e infraestructura destruidas y los daños ecológicos.

Las sanciones restrictivas, explicó De la Calle, es que si alguien que se somete a la justicia y tiene que desminar pues lo hace en unos horarios determinados. “No va a tener barrotes ni piyama de rayas, pero es monitoreado por Naciones Unidas o por una institución internacional que nos dé garantías a los colombianos, que va a rendir informes pormenorizados permanentemente de las actividades del sometido.

Pero el que no se somete a la jurisdicción, miente, niega todo ni quiere reparar, recibe 20 años de cárcel ordinaria intramural.

LO ÚLTIMO