El fallo, por ejemplo, dice que la aprobación de las leyes y reformas relacionadas con los acuerdos de paz no se tiene que hacer necesariamente en bloque (con ‘pupitrazo’), sino que debe existir la posibilidad de discutir artículo por artículo.

En respuesta a la sentencia, el Gobierno, a través de la Agencia Jurídica de Defensa del Estado, argumenta que el magistrado Carlos Bernal estaba impedido para pronunciarse sobre el tema por dos razones.

La primera es que Bernal, antes de entrar a la Corte Constitucional, había expresado opiniones contra el acto legislativo que reglamenta el ‘fast track’.

La segunda, según el Gobierno, es que el magistrado no tuvo el tiempo suficiente para estudiar la demanda contra la norma del ‘fast track’, pues él ingresó al tribunal un día antes de que se emitiera el fallo.

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Al respecto, Guillermo Rivera, ministro del Interior, dijo que en ese momento no había tiempo para pedir que declararan impedido a Bernal, cita La W.

Con base en esos dos argumentos, el Ejecutivo sostiene que la decisión de ponerle límites a la vía rápida se tomó sin las mayorías necesarias.

Cabe mencionar que Bernal fue uno de los que votaron a favor del fallo (o sea, contra los intereses del Gobierno).

Curiosamente, el presidente Juan Manuel Santos postuló a Bernal como uno de los candidatos a ser magistrado.

De otro lado, el Gobierno, además, afirma que la Corte Constitucional hizo un cambio injustificado de un precedente anterior en el que decía que restringir la posibilidad de hacer modificaciones a lo acordado con las Farc no “sustituía la función legislativa”, es decir, no atentaba contra la división de poderes.

Así mismo, sostiene que la sentencia es incongruente.

El documento con la solicitud del Gobierno fue publicado por Blu Radio.

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