Quienes no acaten esta medida, que obedece al decreto 1098 de 2000, serán sancionados con comparendos de 368.700 pesos, que impondrán las autoridades de Tránsito, añadió la entidad.

Como se ha venido desarrollando desde 2015, esta restricción también incluye las motocicletas, salvo algunas excepciones especiales que son aprobadas por el Distrito. Sin embargo, se prevé que ese día dejarán de circular más 409.349 motos, indicó HSB Noticias.

Para esta actividad, el Distrito habilitó 42 kilómetros de calzada completa como ciclovías y 33 kilómetros de carril segregado estarán disponibles para los biciusuarios, además de además de 11 kilómetros de CicloRuta, indicó Caracol Radio.

El sistema masivo y el sistema integrado de transporte público pondrán en operación toda su flota y buses, para movilizar a unos 6 millones de bogotanos, según el portal HSB.

Transmilenio tendrá una flota disponible de 2.292 articulados, biarticulados, duales y alimentadores y extenderá las horas pico, asignará personal adicional para el control en estaciones y portales.

Vehículos exentos del día sin carro y sin moto

  • Vehículos de transporte público.
  • Automotores conducidos por personas en condición de discapacidad.
  • Vehículos y motocicletas de emergencia.
  • Transporte escolar de propiedad de instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de sus estudiantes.
  • Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de diez pasajeros.
  • Carros y motos que operan para empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Automotores destinados al control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Caravana Presidencial.
  • Vehículos y motos Militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado.
  • Carros y motos asignados al Cuerpo Diplomático.
  • Carros con blindaje de nivel tres o superior.
  • Vehículos y motos propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
  • Escoltas que estén al servicio de actividades inherentes a la protección de personas debidamente autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada o que hagan parte de esquemas de seguridad autorizados por los organismos del Estado.
  • Carrozas fúnebres.
  • Motocicletas vinculadas a empresas que prestan el servicio de mensajería identificadas con logos y distintivos pintados o adheridos al vehículo e identificación del conductor.
  • Motos vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de domicilio y sean utilizadas exclusivamente para dicha labor y cuenten con identificación.
  • Vehículos de escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente.
  • Vehículos y motos destinadas al control de emisiones y vertimientos. Automotores y motocicletas utilizados por la Secretaría y Ministerio de Ambiente. Quienes hagan la revisión de emisiones y vertimientos contaminantes, que cuente con plena y pública identificación.

Cabe recordar que este decreto empezó en el año 2000 como una medida para reducir los altos niveles de contaminación ambiental, y según expertos ha reflejado resultados positivos.

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