En la sentencia, cuyos apartes revela El Espectador, el tribunal dice que aquellos que sean criados con el modelo de ‘co-padre de crianza por asunción solidaria de la paternidad’ tienen derecho a recibir pensión de sobrevivientes.

Con este fallo, la Corte Constitucional abre la puerta para que nietos, e incluso sobrinos, reclamen ese beneficio, y aunque no hay una cifra exacta de cuántas personas podrían acceder a él, el diario bogotano hace esta estimación:

De acuerdo con las cifras de 2010, recogidas en la Encuesta Nacional de Demografía y Salud, podrían ser 4.283 los niños que se beneficiarían de la sentencia”

Por su parte, economistas consultados por ese diario dicen “que el sistema pensional tendría que pagar cerca de $1,8 billones al año”.

“Hay que prepararse para la cantidad de peticiones que se van a presentar argumentando que fue el abuelo o el tío el que crió a un menor de edad. Se está abriendo la ventana para un tema muy espinoso que se puede convertir en otra bomba para el sistema, que ya está bastante debilitado”, dijo José Manuel Restrepo, economista y rector de la Universidad del Rosario, consultado por El Espectador.

La sentencia, que aún no ha sido notificada, responde a una tutela que interpuso Miguel Camargo, un hombre de 51 años que perdió dos dedos por un accidente con pólvora y que no podía conseguir trabajo, razón por la que su padre, Luis María Camargo, tuvo que hacerse cargo de Stiben Camargo, su hijo.

El abuelo del niño murió, y Miguel Camargo, al no tener cómo mantener al pequeño, decidió interponer la tutela para que su hijo tuviera derecho a la pensión de sobrevivientes.

Actualmente, las personas que tienen derecho a ese beneficio, según Unidad de Pensiones y Parafiscales, son:

  • Cónyuges
  • O sus hijos

Si están estudiando, los jóvenes podrán reclamar esa pensión hasta que tengan 25 años de edad.

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